III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-20064)
Resolución de 26 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Once Baja Visión.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240

Viernes 4 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 122895

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
20064

Resolución de 26 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Once Baja Visión.
Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad Organización Nacional de Ciegos
Españoles (ONCE), según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid, don
Miguel Durán Brujas, el 3 de enero de 2024 con el número 11 de protocolo, subsanada
por otra escritura otorgada ante el notario, don Enriquez Javier de Bernardo MartínezPiñeiro, el 17 de mayo de 2024, protocolo 2.290.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Camino de Hormigueras, 172,
28031, de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de
España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Sesenta mil euros (60.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
completamente desembolsada según resulta de la certificación bancaria
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
La Fundación tendrá como fin principal colaborar en la mejora de las condiciones de
vida de las personas con baja visión, contribuyendo a los avances, desarrollo y progreso,
en beneficio de su salud visual al objeto de favorecer su autonomía personal,
cooperando con instituciones públicas y privadas para su inclusión social.

Don Ángel Ricardo Sánchez Cánovas, don Andrés Ramos Vázquez, doña Imelda
Fernández Rodríguez, don José Luis Pinto Barroso, doña María del Carmen Millán Vera,
doña Ana Díaz Alonso, doña Teresa Rodríguez Peco, don Francisco Botía Robles y don
Eusebio Azorín García.
Cargos:
Presidente: Don Ángel Ricardo Sánchez Cánovas.
Vicepresidente primero ejecutivo: Don Andrés Ramos Vázquez.
Vicepresidenta segunda: Doña Imelda Fernández Rodríguez.
Secretaria no patrona: Doña Ana Belén Morejón Moreno.

cve: BOE-A-2024-20064
Verificable en https://www.boe.es

Quinto. Patronos.