II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-20056)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 122831
de cada persona candidata. Tanto el debate como el informe y la puntuación deberán
ajustarse a los criterios de valoración y al baremo previamente acordados y publicados
por la comisión.
10.2 A efectos de valorar cada prueba, las puntuaciones iguales o superiores a la
mínima exigida para superar cada prueba, de acuerdo con la base 7.6 y el baremo
publicado, implicarán el voto favorable. Las personas candidatas superarán cada prueba
cuando obtengan al menos tres votos favorables.
10.3 Al terminar cada una de las pruebas, la comisión hará público el resultado de
las votaciones en el tablón de anuncios del centro, con la firma del presidente o
presidenta y del secretario o secretaria de la comisión, y hará constar la fecha de
publicación. En el mismo acto se hará pública, en su caso, la convocatoria de la prueba
siguiente, con indicación de la fecha, la hora y el lugar en que tendrá lugar.
En caso de tramitación telemática, la publicación se efectuará en la sede electrónica
y de acuerdo con la base 1.
11.
Propuesta de la comisión
11.1 La valoración final de las personas candidatas que hayan superado todas las
pruebas se obtendrá de la suma de las puntuaciones que haya otorgado cada uno de los
miembros de la comisión en cada una de las pruebas realizadas, y resultará
adjudicataria la persona que haya obtenido la puntuación más alta.
11.2 De acuerdo con el resultado de la valoración final, la comisión de selección
emitirá la propuesta de adjudicación a la persona candidata con la puntuación más alta,
e incluirá el orden de prelación de las demás personas candidatas que hayan superado
el proceso selectivo, de acuerdo igualmente con la puntuación.
11.3 En la propuesta de adjudicación se harán constar las puntuaciones totales que
han obtenido las personas que han superado las pruebas. Asimismo, para cada prueba,
de acuerdo con la base 6.3, constarán los resultados de evaluación, desglosados para
cada uno de los criterios específicos y el baremo acordados y publicados.
En ningún caso la propuesta de adjudicación podrá exceder el número de plazas
convocadas, pero este número sí que podrá ser inferior. Igualmente, la comisión podrá
proponer que se declare desierto el concurso cuando no se presente ninguna
candidatura o cuando ninguna de las personas candidatas presentadas obtenga la
puntuación mínima exigida.
11.4 Las personas candidatas podrán solicitar hacer efectivo el derecho de acceso
a las actas del concurso de las que sean interesadas legítimas, mediante un escrito
dirigido al vicerrectorado adjunto al rector y de Personal Docente e Investigador, en sede
de Personal Académico.
11.5 La secretaría de la comisión de selección, en un plazo máximo de cinco días
hábiles a partir de la fecha en que se adopte la propuesta de adjudicación, deberá
presentar en cualquiera de las oficinas de registro de la UB o por instancia genérica toda
la documentación de las actuaciones en el Área de Recursos Humanos (servicio de
Personal Académico). Esta documentación deberá contener, como mínimo, los
siguientes documentos:
a) Acta de constitución de la comisión.
b) Publicación de los criterios específicos y anuncio del acto de presentación.
c) Acta de presentación de las personas candidatas y documentos presentados.
d) Actas de cada una de las sesiones en que se han realizado las pruebas, con
inclusión de los informes razonados y puntuados correspondientes, las puntuaciones de
cada prueba, la expresión separada de las votaciones, la suma de las puntuaciones
finales y la propuesta priorizada resultante.
e) Propuesta de adjudicación, o propuesta de dejar desierta la plaza, firmada por el
presidente o presidenta y por el secretario o secretaria, con el contenido de las bases 6.3
y 11.3, y con indicación de los recursos pertinentes.
cve: BOE-A-2024-20056
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240
Viernes 4 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 122831
de cada persona candidata. Tanto el debate como el informe y la puntuación deberán
ajustarse a los criterios de valoración y al baremo previamente acordados y publicados
por la comisión.
10.2 A efectos de valorar cada prueba, las puntuaciones iguales o superiores a la
mínima exigida para superar cada prueba, de acuerdo con la base 7.6 y el baremo
publicado, implicarán el voto favorable. Las personas candidatas superarán cada prueba
cuando obtengan al menos tres votos favorables.
10.3 Al terminar cada una de las pruebas, la comisión hará público el resultado de
las votaciones en el tablón de anuncios del centro, con la firma del presidente o
presidenta y del secretario o secretaria de la comisión, y hará constar la fecha de
publicación. En el mismo acto se hará pública, en su caso, la convocatoria de la prueba
siguiente, con indicación de la fecha, la hora y el lugar en que tendrá lugar.
En caso de tramitación telemática, la publicación se efectuará en la sede electrónica
y de acuerdo con la base 1.
11.
Propuesta de la comisión
11.1 La valoración final de las personas candidatas que hayan superado todas las
pruebas se obtendrá de la suma de las puntuaciones que haya otorgado cada uno de los
miembros de la comisión en cada una de las pruebas realizadas, y resultará
adjudicataria la persona que haya obtenido la puntuación más alta.
11.2 De acuerdo con el resultado de la valoración final, la comisión de selección
emitirá la propuesta de adjudicación a la persona candidata con la puntuación más alta,
e incluirá el orden de prelación de las demás personas candidatas que hayan superado
el proceso selectivo, de acuerdo igualmente con la puntuación.
11.3 En la propuesta de adjudicación se harán constar las puntuaciones totales que
han obtenido las personas que han superado las pruebas. Asimismo, para cada prueba,
de acuerdo con la base 6.3, constarán los resultados de evaluación, desglosados para
cada uno de los criterios específicos y el baremo acordados y publicados.
En ningún caso la propuesta de adjudicación podrá exceder el número de plazas
convocadas, pero este número sí que podrá ser inferior. Igualmente, la comisión podrá
proponer que se declare desierto el concurso cuando no se presente ninguna
candidatura o cuando ninguna de las personas candidatas presentadas obtenga la
puntuación mínima exigida.
11.4 Las personas candidatas podrán solicitar hacer efectivo el derecho de acceso
a las actas del concurso de las que sean interesadas legítimas, mediante un escrito
dirigido al vicerrectorado adjunto al rector y de Personal Docente e Investigador, en sede
de Personal Académico.
11.5 La secretaría de la comisión de selección, en un plazo máximo de cinco días
hábiles a partir de la fecha en que se adopte la propuesta de adjudicación, deberá
presentar en cualquiera de las oficinas de registro de la UB o por instancia genérica toda
la documentación de las actuaciones en el Área de Recursos Humanos (servicio de
Personal Académico). Esta documentación deberá contener, como mínimo, los
siguientes documentos:
a) Acta de constitución de la comisión.
b) Publicación de los criterios específicos y anuncio del acto de presentación.
c) Acta de presentación de las personas candidatas y documentos presentados.
d) Actas de cada una de las sesiones en que se han realizado las pruebas, con
inclusión de los informes razonados y puntuados correspondientes, las puntuaciones de
cada prueba, la expresión separada de las votaciones, la suma de las puntuaciones
finales y la propuesta priorizada resultante.
e) Propuesta de adjudicación, o propuesta de dejar desierta la plaza, firmada por el
presidente o presidenta y por el secretario o secretaria, con el contenido de las bases 6.3
y 11.3, y con indicación de los recursos pertinentes.
cve: BOE-A-2024-20056
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Núm. 240