I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-20000)
Real Decreto 914/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen dos cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; y Fabricación Mecánica, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de diversas familias profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de octubre de 2024

Sec. I. Pág. 121727

CR2.4 Los documentos de los triatletas se manejan, guardando la confidencialidad
de los mismos, garantizando el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de
protección de datos.
RP3: Gestionar el alojamiento, los transportes y los lugares de entrenamiento previos
a la competición, facilitando el traslado, estancia y preparación de los deportistas para
garantizar su participación en competición, y la consecución de los resultados previstos.
CR3.1 Los alojamientos se escogen lo más adecuados posibles a las necesidades,
contribuyendo a minimizar pérdidas de tiempo en desplazamientos y a contribuir al
mayor confort de los triatletas.
CR3.2 La gestión de reservas de los lugares de entrenamiento se acomete con
la antelación suficiente al desarrollo de los eventos y garantizando condiciones que
permitan la preparación de los deportistas.
CR3.3 Los medios de transporte de los deportistas y su material, tanto para
los entrenamientos como para la competición se seleccionan, contribuyendo a la
comodidad de los deportistas.
RP4: Revisar el material a utilizar en la competición, comprobando que esté en
condiciones de uso para garantizar una participación eficaz y contribuir a la consecución
del mejor resultado posible en la competición del nivel de iniciación deportiva.
CR4.1 El material necesario para la competición se comprueba, atendiendo a
un listado de material indispensable para la competición que previamente ha sido
aportado al deportista.
CR4.2 La bicicleta se revisa, chequeando que sus condiciones mecánicas estén
preparadas para la competición y las condiciones ambientales existentes.
CR4.3 El material en la zona de transición se dispone, siguiendo el orden lógico
de competición, recordando a los triatletas la importancia de dejar el material ya
utilizado dentro del cajón, si lo hubiese.
RP5: Preparar a los deportistas para la competición, compartiendo sus dudas,
inquietudes y necesidades para garantizar su estado físico y emocional dispuesto para la
competición.
CR5.1 Los circuitos, sectores y zonas de transición se reconocen, acompañando
a los deportistas en los recorridos, manteniendo un estado de alerta permanente y
garantizando la implementación de la normativa aplicable en materia de seguridad
de eventos deportivos.
CR5.2 Las entradas y salidas de las transiciones, además de las zonas de
referencia de la propia posición en el box se comprueban, acompañando a los
deportistas y ubicando una zona para alojar el material.
CR5.3 La secretaría, servicios, guardarropas y post meta se recorren,
identificándolos junto a los deportistas, calculando el tiempo requerido en depositar
el material y trasladarse a las zonas de salida.

cve: BOE-A-2024-20000
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Núm. 240