II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-19908)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 121224
Tercera.
Las personas aspirantes deberán acompañar a la solicitud:
– Curriculum vitae, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo III, en el
que harán constar los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados,
actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el
cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Justificación por escrito de idoneidad de la persona candidata para el puesto al
que aspira, en relación con los requisitos exigidos para su desempeño.
– Cuestionario de autoevaluación de competencias directivas, que se incluye en el
anexo IV, debidamente cumplimentado.
Cuarta.
La selección de la persona candidata se realizará en base a criterios de idoneidad,
competencia profesional y experiencia, acreditados mediante la documentación
presentada por el aspirante y a través de una entrevista. La valoración de las personas
aspirantes se realizará atendiendo a los méritos incluidos en el anexo I.
La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano
competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno
de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto, incluido
en el anexo I.
Para la valoración de las competencias profesionales evaluables se constituirá un
órgano de asesoramiento formado por dos personas expertas en las materias
específicas del puesto o en procesos de selección de personal directivo público, que
estarán presentes en las entrevistas y deberán emitir un informe de valoración de las
candidaturas presentadas.
Quinta.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse
hasta un mes más.
Sexta.
Madrid, 25 de septiembre de 2024.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, P.D. (Resolución de 5 de diciembre de 2023), el
Secretario General de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, Ignacio Gutiérrez Llano.
cve: BOE-A-2024-19908
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 121224
Tercera.
Las personas aspirantes deberán acompañar a la solicitud:
– Curriculum vitae, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo III, en el
que harán constar los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados,
actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el
cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Justificación por escrito de idoneidad de la persona candidata para el puesto al
que aspira, en relación con los requisitos exigidos para su desempeño.
– Cuestionario de autoevaluación de competencias directivas, que se incluye en el
anexo IV, debidamente cumplimentado.
Cuarta.
La selección de la persona candidata se realizará en base a criterios de idoneidad,
competencia profesional y experiencia, acreditados mediante la documentación
presentada por el aspirante y a través de una entrevista. La valoración de las personas
aspirantes se realizará atendiendo a los méritos incluidos en el anexo I.
La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano
competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno
de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto, incluido
en el anexo I.
Para la valoración de las competencias profesionales evaluables se constituirá un
órgano de asesoramiento formado por dos personas expertas en las materias
específicas del puesto o en procesos de selección de personal directivo público, que
estarán presentes en las entrevistas y deberán emitir un informe de valoración de las
candidaturas presentadas.
Quinta.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse
hasta un mes más.
Sexta.
Madrid, 25 de septiembre de 2024.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, P.D. (Resolución de 5 de diciembre de 2023), el
Secretario General de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, Ignacio Gutiérrez Llano.
cve: BOE-A-2024-19908
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.