III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-19979)
Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación MPE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121457
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
19979
Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación MPE.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Macario Emilio Serrano García, doña
Consolación Vega Martín, don Emilio Serrano Vega y don Fernando Tabares Arévalo,
según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Sevilla don Victoriano Valpuesta
Contreras el 4 de julio de 2019 con el número 1.390 de protocolo subsanada por las
siguientes escrituras otorgadas ante el mismo notario: 20 de diciembre de 2019
protocolo 2.635, 7 de octubre de 2020 protocolo 1.623, 2 de febrero de 2023
protocolo 210, 26 de septiembre de 2023 protocolo 2.448, 22 de febrero de 2024
protocolo 511 y 15 de julio de 2024 protocolo 1.933.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Avenida de la Innovación, 11,
CP 41020 de Sevilla, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino
de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
1. La mejora de la formación profesional de los recursos humanos de las empresas.
2. La adaptación de los trabajadores y de las empresas a la evolución de la
sociedad basada en el conocimiento.
3. La contribución a asegurar la formación a lo largo de toda la vida.
Quinto.
Patronos.
Don Macario Emilio Serrano García, doña Consolación Vega Martín, don Emilio
Serrano Vega y don Fernando Tabares Arévalo.
cve: BOE-A-2024-19979
Verificable en https://www.boe.es
La prestación de servicios sociales y formativos a los colectivos más desfavorecidos,
tales como personas discapacitadas físicos, psíquicos o sensoriales, menores y
personas en riesgo de exclusión social y/o dependencia, mediante:
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 121457
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
19979
Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación MPE.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Macario Emilio Serrano García, doña
Consolación Vega Martín, don Emilio Serrano Vega y don Fernando Tabares Arévalo,
según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Sevilla don Victoriano Valpuesta
Contreras el 4 de julio de 2019 con el número 1.390 de protocolo subsanada por las
siguientes escrituras otorgadas ante el mismo notario: 20 de diciembre de 2019
protocolo 2.635, 7 de octubre de 2020 protocolo 1.623, 2 de febrero de 2023
protocolo 210, 26 de septiembre de 2023 protocolo 2.448, 22 de febrero de 2024
protocolo 511 y 15 de julio de 2024 protocolo 1.933.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Avenida de la Innovación, 11,
CP 41020 de Sevilla, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino
de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada como se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
1. La mejora de la formación profesional de los recursos humanos de las empresas.
2. La adaptación de los trabajadores y de las empresas a la evolución de la
sociedad basada en el conocimiento.
3. La contribución a asegurar la formación a lo largo de toda la vida.
Quinto.
Patronos.
Don Macario Emilio Serrano García, doña Consolación Vega Martín, don Emilio
Serrano Vega y don Fernando Tabares Arévalo.
cve: BOE-A-2024-19979
Verificable en https://www.boe.es
La prestación de servicios sociales y formativos a los colectivos más desfavorecidos,
tales como personas discapacitadas físicos, psíquicos o sensoriales, menores y
personas en riesgo de exclusión social y/o dependencia, mediante: