II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-19907)
Orden DCA/1058/2024, de 26 de septiembre, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 121218
ANEXO I
AG.ESP.SEG.ALIMENTARIA Y NUTRICION, O.A.
N.º orden
1
Centro directivo - Unidad
puesto de trabajo
Provincia Localidad
AG.ESP.SEG.ALIMENTARIA
Y NUTRICION, O.A.
DIRECCION EJECUTIVA
DIRECTOR / DIRECTORA
(5468208)
MADRID MADRID
Nivel
CE
GR/SB
Admón.
30
29112.02
A1
AE
CUERPOS O ESCALAS:
ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):
* AE: ADMINISTRACION DEL ESTADO.
TITULACIONES:.
Tit.
req.
Funciones
Méritos
Observaciones
1. Ejercer la dirección del personal y de los servicios y actividades de la
AESAN OA.
2. Elaborar la propuesta de relación de puestos de trabajo.
3. Elaborar el anteproyecto de presupuesto, el plan anual de actuación y
la memoria de actividades, sometiéndolos al consejo rector para su
aprobación.
4. Contratar al personal en régimen de derecho laboral, previo
cumplimiento de la normativa aplicable al respecto.
5. Dictar instrucciones y circulares sobre las materias que sean
competencia de la AESAN OA.
6. Elaborar y elevar al consejo rector la estrategia técnica de
comunicación de la Agencia en materia de seguridad alimentaria y
nutrición saludable.
7. Formar parte, con voz, pero sin voto, de los distintos órganos
colegiados de la AESAN OA y designar a la persona titular de la
secretaría de cada uno de dichos órganos, de entre los funcionarios de
aquéllos.
8. Adjudicar y formalizar los contratos y convenios que requieren la
gestión, así como el cumplimiento de las funciones de la Agencia, y vigilar
su cumplimiento y ejecución.
9. Aprobar gastos y ordenar pagos dentro de los límites presupuestarios
de la AESAN OA.
10. Ejercer la gestión económico-financiera de la Agencia.
11. Acordar, previo informe del consejo rector, la elaboración de estudios
e informes por iniciativa de la propia Agencia y aprobarlos a propuesta del
órgano competente, en su caso.
12. Informar al consejo rector acerca de aquellos expedientes de alerta
que, en función de su potencial gravedad, deban elevarse al citado
órgano de gobierno.
13. Constituir, en el seno de la Agencia, el comité de coordinación y la
unidad de emergencias cuando resulte necesario, informando al Consejo
Rector, así como desactivar los mismos, igualmente informando al
consejo rector, cuando proceda.
14. Informar al consejo rector, a la comisión institucional y al Consejo
Consultivo sobre el inicio del proceso de selección de miembros del
Comité Científico.
15. Ejercer todas aquellas competencias de la AESAN OA que en la Ley o
en el presente Estatuto no se asignen a otro órgano específico.
1. Experiencia en puestos directivos o
predirectivos en la Administración.
2. Experiencia en elaboración, control y
seguimiento de presupuesto de gastos de
Organismos Públicos.
3. Experiencia en dirección y gestión de
Recursos Humanos y coordinación de equipos
de trabajo.
4. Experiencia en la elaboración de planes de
necesidades, gestión de recursos materiales y
gestión del mantenimiento de instalaciones y
servicios generales.
5. Experiencia en coordinación con
Departamentos y Organismos de la
Administración del Estado. Experiencia y
participación en órganos colegiados y de
representación de Organismos Públicos.
6. Experiencia en racionalización y mejora de la
eficacia y eficiencia en la tramitación de
procedimientos económico-administrativos.
7. Experiencia en el diseño y la planificación de
planes estratégicos de organismos públicos.
- Los méritos 1), 2), 3) y 4) se valorarán en
base a los certificados y otros documentos que
puedan ser aportados por las personas
candidatas y se valorarán según la base cuarta
de esta convocatoria.
- Los méritos 5), 6) y 7) se valorarán en la
entrevista establecida en la base cuarta.
- Antigüedad mínima como funcionario/a de
carrera del subgrupo A1 de 10 años.
cve: BOE-A-2024-19907
Verificable en https://www.boe.es
DIRECCION EJECUTIVA
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. II.B. Pág. 121218
ANEXO I
AG.ESP.SEG.ALIMENTARIA Y NUTRICION, O.A.
N.º orden
1
Centro directivo - Unidad
puesto de trabajo
Provincia Localidad
AG.ESP.SEG.ALIMENTARIA
Y NUTRICION, O.A.
DIRECCION EJECUTIVA
DIRECTOR / DIRECTORA
(5468208)
MADRID MADRID
Nivel
CE
GR/SB
Admón.
30
29112.02
A1
AE
CUERPOS O ESCALAS:
ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):
* AE: ADMINISTRACION DEL ESTADO.
TITULACIONES:.
Tit.
req.
Funciones
Méritos
Observaciones
1. Ejercer la dirección del personal y de los servicios y actividades de la
AESAN OA.
2. Elaborar la propuesta de relación de puestos de trabajo.
3. Elaborar el anteproyecto de presupuesto, el plan anual de actuación y
la memoria de actividades, sometiéndolos al consejo rector para su
aprobación.
4. Contratar al personal en régimen de derecho laboral, previo
cumplimiento de la normativa aplicable al respecto.
5. Dictar instrucciones y circulares sobre las materias que sean
competencia de la AESAN OA.
6. Elaborar y elevar al consejo rector la estrategia técnica de
comunicación de la Agencia en materia de seguridad alimentaria y
nutrición saludable.
7. Formar parte, con voz, pero sin voto, de los distintos órganos
colegiados de la AESAN OA y designar a la persona titular de la
secretaría de cada uno de dichos órganos, de entre los funcionarios de
aquéllos.
8. Adjudicar y formalizar los contratos y convenios que requieren la
gestión, así como el cumplimiento de las funciones de la Agencia, y vigilar
su cumplimiento y ejecución.
9. Aprobar gastos y ordenar pagos dentro de los límites presupuestarios
de la AESAN OA.
10. Ejercer la gestión económico-financiera de la Agencia.
11. Acordar, previo informe del consejo rector, la elaboración de estudios
e informes por iniciativa de la propia Agencia y aprobarlos a propuesta del
órgano competente, en su caso.
12. Informar al consejo rector acerca de aquellos expedientes de alerta
que, en función de su potencial gravedad, deban elevarse al citado
órgano de gobierno.
13. Constituir, en el seno de la Agencia, el comité de coordinación y la
unidad de emergencias cuando resulte necesario, informando al Consejo
Rector, así como desactivar los mismos, igualmente informando al
consejo rector, cuando proceda.
14. Informar al consejo rector, a la comisión institucional y al Consejo
Consultivo sobre el inicio del proceso de selección de miembros del
Comité Científico.
15. Ejercer todas aquellas competencias de la AESAN OA que en la Ley o
en el presente Estatuto no se asignen a otro órgano específico.
1. Experiencia en puestos directivos o
predirectivos en la Administración.
2. Experiencia en elaboración, control y
seguimiento de presupuesto de gastos de
Organismos Públicos.
3. Experiencia en dirección y gestión de
Recursos Humanos y coordinación de equipos
de trabajo.
4. Experiencia en la elaboración de planes de
necesidades, gestión de recursos materiales y
gestión del mantenimiento de instalaciones y
servicios generales.
5. Experiencia en coordinación con
Departamentos y Organismos de la
Administración del Estado. Experiencia y
participación en órganos colegiados y de
representación de Organismos Públicos.
6. Experiencia en racionalización y mejora de la
eficacia y eficiencia en la tramitación de
procedimientos económico-administrativos.
7. Experiencia en el diseño y la planificación de
planes estratégicos de organismos públicos.
- Los méritos 1), 2), 3) y 4) se valorarán en
base a los certificados y otros documentos que
puedan ser aportados por las personas
candidatas y se valorarán según la base cuarta
de esta convocatoria.
- Los méritos 5), 6) y 7) se valorarán en la
entrevista establecida en la base cuarta.
- Antigüedad mínima como funcionario/a de
carrera del subgrupo A1 de 10 años.
cve: BOE-A-2024-19907
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