V. Anuncios. - C. Anuncios particulares. ANUNCIOS PARTICULARES. (BOE-B-2024-35192)
FORESTAL DEL ATLÁNTICO, S.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de octubre de 2024

Sec. V-C. Pág. 54661

ii) demostrar que se dispone de capacidad financiera para afrontar y respaldar
un contrato de este importe y naturaleza;
iii) declaración relativa a la cifra de negocios global y de las obras, suministros,
servicios o trabajos realizados en el curso de los 3 últimos años;
iv) certificados de solvencia económica emitidos por al menos dos entidades
bancarias inscritas en el Registro del Banco de España o del Banco Central del
país de origen, en el que se declare que la empresa ha mantenido sus relaciones
bancarias con dichas entidades de forma satisfactoria y que, a juicio de éstas,
aquella dispone de suficiente capacidad económico-financiera para la ejecución del
contrato.
c) Otros requisitos específicos:
De forma preferente la adjudicación se realizará a una sola empresa, aunque
podrán admitirse, cuando existan razones objetivas, agrupaciones de interés
económico o agrupaciones europeas de interés económico, de acuerdo con la
legislación española u otra forma consorcial, siempre con responsabilidad conjunta
y solidaria de las empresas participantes. Las empresas que asuman el
compromiso de constituirse en agrupación deberán nombrar en su solicitud de
participación a uno de los empresarios o representante, interlocutor y apoderado
único frente a la entidad adjudicataria durante la totalidad del proceso de licitación
y la posterior ejecución del contrato.
El PROYECTO TRISKELION ha sido adjudicatario del programa de
subvención de proyectos a través del Innovation Fund Large Scale Projects
(InnovFund-2022-LSC) de la Unión Europea, gestionado por la Comisión Europea
asistida por dos entidades, CINEA (Agencia Ejecutiva Europea de Clima,
Infraestructuras y Medio Ambiente) y EIB (European Investment Bank), con
número de proyecto 101133213. Consecuentemente, las empresas solicitantes
deberán garantizar el cumplimiento de lo estipulado en la normativa de aplicación a
los subcontratistas en el marco de la regulación de los Fondos de Innovación,
concretamente: el Reglamento Delegado (UE) 2019/856 de la Comisión, de 26 de
febrero de 2019, por el que se complementa la Directiva 2003/87/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al funcionamiento del Fondo
de Innovación; la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de
13 de octubre de 2003 por la que se establece un régimen para el comercio de
derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que
se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo; el modelo del acuerdo de
subvención de la Comisión Europea (https://ec.europa.eu/info/funding-tenders/
opportunities/portal/screen/how-to-participate/referencedocuments?programmePeriod=2021-2027&frameworkProgramme=43089234); Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; y Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
5.- Presentación de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: Antes de las 12:00 h del día 30 de noviembre
de 2024.
b) Lugar de presentación: domicilio y/o correo electrónico de la entidad
adjudicadora.

cve: BOE-B-2024-35192
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Núm. 239