V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. (BOE-B-2024-35114)
Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) de 25 de septiembre de 2024, por la que se convocan ayudas para Federaciones Deportivas Españolas con pruebas o especialidades incluidas en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos para la preparación de sus deportistas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. V-B. Pág. 54560
Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes (https://sede.csd.gob.es),
concretamente desde el trámite: "051210-2024A Ayudas para Federaciones
Deportivas Españolas con pruebas o especialidades incluidas en los Juegos
Olímpicos y Paralímpicos para la preparación de sus deportistas" y deberán estar
firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto en la
citada Ley, en todo caso por el presidente de la FDE o bien por el representante
legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de la respectiva
FDE.
Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada,
acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015 y deberá
acompañarse de los documentos y anexos expresados en la convocatoria.
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente
Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola
vez.
La justificación de las ayudas concedidas de acuerdo con la presente
convocatoria se realizará hasta el 31 de marzo del 2025. Esta justificación se hará
conforme con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/
2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD y con lo establecido en la
"Guía", e incluirá los gastos financiados con esta subvención CSD a lo largo del
periodo subvencionable.
Madrid, 25 de septiembre de 2024.- El Presidente del Consejo Superior de
Deportes, José Manuel RodrÍguez Uribes.
cve: BOE-B-2024-35114
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240044383-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 239
Jueves 3 de octubre de 2024
Sec. V-B. Pág. 54560
Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes (https://sede.csd.gob.es),
concretamente desde el trámite: "051210-2024A Ayudas para Federaciones
Deportivas Españolas con pruebas o especialidades incluidas en los Juegos
Olímpicos y Paralímpicos para la preparación de sus deportistas" y deberán estar
firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto en la
citada Ley, en todo caso por el presidente de la FDE o bien por el representante
legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de la respectiva
FDE.
Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada,
acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015 y deberá
acompañarse de los documentos y anexos expresados en la convocatoria.
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente
Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola
vez.
La justificación de las ayudas concedidas de acuerdo con la presente
convocatoria se realizará hasta el 31 de marzo del 2025. Esta justificación se hará
conforme con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/
2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD y con lo establecido en la
"Guía", e incluirá los gastos financiados con esta subvención CSD a lo largo del
periodo subvencionable.
Madrid, 25 de septiembre de 2024.- El Presidente del Consejo Superior de
Deportes, José Manuel RodrÍguez Uribes.
cve: BOE-B-2024-35114
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240044383-1
https://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X