II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-19875)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238

Miércoles 2 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 120978

de todas las personas aspirantes, como las preguntas, aclaraciones y debate que solicite
la Comisión se puedan realizar.
Los concursos de acceso a plazas de profesor o profesora titular de universidad
constarán de dos pruebas.
8.3.1 Primera prueba. Tendrá un valor máximo de 50 puntos, para superarla habrá
que obtener una puntuación igual o superior a 25 puntos y consistirá en:
– Exposición oral de sus méritos e historial académico, docente e investigador.
Tendrá un valor máximo de 20 puntos.
– Exposición del proyecto docente: Deberá incluir, en todo caso, el programa de una
o varias asignaturas de materias básicas u obligatorias de planes de estudio vigentes en
la Universidad de Alicante, y deberá hacer referencia expresa a la planificación y los
recursos docentes empleados. Valor máximo de 15 puntos.
– Exposición del proyecto investigador. Valor máximo de 15 puntos.
8.3.2 Segunda prueba. Consistirá en la exposición oral de uno de los temas del
proyecto docente presentado, para lo que cada concursante proporcionará previamente
a la presidencia de la comisión una relación de tres temas de los que, por sorteo, se
elegirá uno para su exposición. Tendrá un valor máximo de 50 puntos y para superarla
habrá que obtener una puntuación igual o superior a 25 puntos.
Para la realización de cada una de las pruebas cada concursante dispondrá de un
tiempo máximo de sesenta minutos. Finalizada cada exposición, la comisión podrá
realizar preguntas, solicitar aclaraciones y debatir acerca de todos aquellos aspectos que
estime relevantes durante un tiempo máximo de noventa minutos.
Finalizadas las pruebas, la comisión o cada integrante, realizará una valoración
razonada sobre cada concursante, que deberá ajustarse a los criterios de valoración
establecidos en el artículo 11 así como a los criterios específicos que previamente haya
establecido la comisión. Con las puntuaciones obtenidas en cada prueba y con la
valoración razonada, la comisión hará una propuesta motivada de provisión.
Propuesta de provisión y reclamaciones

9.1 La Comisión elevará a la rectora, motivadamente y con carácter vinculante, la
propuesta de provisión de la plaza, que deberá incluir la evaluación de cada concursante
desglosada por cada uno de los aspectos evaluados. Dicha propuesta se publicará en
Sede Electrónica.
9.2 El proceso podrá concluir con la propuesta de la comisión de no proveer la
plaza convocada. Contra esta decisión será posible presentar la oportuna reclamación
ante la Comisión de Reclamaciones.
9.3 El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria de concurso de
acceso y la resolución del mismo no podrá exceder de seis meses.
9.4 Contra las propuestas de las comisiones de los concursos de acceso se podrá
presentar reclamación ante la Rectora en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar
desde el día siguiente a su publicación. Admitida a trámite la reclamación, se
suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva.
9.5 Las personas candidatas propuestas para cada plaza, en el plazo máximo de
diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la propuesta de
provisión, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
convocatoria mediante la presentación de la siguiente documentación, accediendo a su
expediente electrónico:
– Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
para el desempeño de las funciones correspondientes a profesor o profesora de
universidad. A estos efectos, los reconocimientos se podrán realizar a través de los
servicios médicos existentes en el Servicio de Prevención de la Universidad de Alicante.

cve: BOE-A-2024-19875
Verificable en https://www.boe.es

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