II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-19875)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
6.
Sec. II.B. Pág. 120976
Relación de personas admitidas y excluidas
6.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la Universidad
de Alicante dictará resolución que se publicará según se recoge en la base 5.1, en la que
constará la relación provisional de personas admitidas y excluidas, indicándose, en este
caso, las causas de exclusión.
Contra esta resolución, las y los interesados podrán presentar reclamación o
subsanación en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su
publicación, que tramitarán accediendo a su expediente electrónico.
6.2 Finalizado dicho plazo, se publicará en el mismo lugar resolución en la que,
además de declarar aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, se
recogerá la fecha, hora y lugar (físico o virtual, según el desarrollo del concurso sea
presencial o no presencial) del acto de presentación referido en la base 8. La
convocatoria para el acto de presentación deberá indicar, en su caso, si el desarrollo del
concurso se ha establecido en forma no presencial, la forma en que podrán seguirse de
forma no presencial las sesiones públicas y el plazo habilitado para que las personas
aspirantes aporten la documentación referida en la base 8.
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
de reposición en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la
citada resolución, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la jurisdicción contencioso-administrativa.
6.3 No procederá devolución alguna de los derechos de admisión a pruebas en los
supuestos de exclusión por causa imputable a la persona interesada.
7.
Comisiones del concurso de acceso
7.1 La composición de la comisión juzgadora correspondiente a cada concurso,
nombrada por resolución de la Universidad de Alicante de 23 de septiembre de 2024,
figura en el anexo III de esta convocatoria.
7.2 Los currículums de los miembros titulares se publicarán en Sede electrónica en
«Otros documentos generales» del expediente del aspirante asociado a esta
convocatoria.
7.3 Las comisiones juzgadoras deberán constituirse en el plazo máximo de 3
meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria del
concurso de acceso y deberán ajustarse en su funcionamiento a lo establecido en la
base 6 y siguientes de la normativa de desarrollo de esta universidad.
7.4 Los miembros de las comisiones percibirán las gratificaciones por asistencias
fijadas en la Normativa sobre indemnizaciones por razón de servicio y gastos de
desplazamiento y estancia de personal externo en la Universidad de Alicante, aprobada
en Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante de 31 de enero de 2024.
8.
Acto de constitución.
Se podrá hacer de forma presencial o a distancia y la comisión fijará los criterios
específicos de valoración, que deberán ajustarse a los criterios básicos establecidos en
el artículo 142.2 del Estatuto de la Universidad de Alicante y a los criterios generales
recogidos en el artículo 11 de la Normativa de desarrollo de esta universidad. Se
publicarán con antelación al acto de presentación en Sede electrónica y, si la constitución
ha sido de forma presencial, se publicarán también en el tablón de anuncios de los
locales donde se haya constituido y desarrolle sus actuaciones la comisión.
cve: BOE-A-2024-19875
Verificable en https://www.boe.es
8.1
Desarrollo del concurso
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
6.
Sec. II.B. Pág. 120976
Relación de personas admitidas y excluidas
6.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la Universidad
de Alicante dictará resolución que se publicará según se recoge en la base 5.1, en la que
constará la relación provisional de personas admitidas y excluidas, indicándose, en este
caso, las causas de exclusión.
Contra esta resolución, las y los interesados podrán presentar reclamación o
subsanación en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su
publicación, que tramitarán accediendo a su expediente electrónico.
6.2 Finalizado dicho plazo, se publicará en el mismo lugar resolución en la que,
además de declarar aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, se
recogerá la fecha, hora y lugar (físico o virtual, según el desarrollo del concurso sea
presencial o no presencial) del acto de presentación referido en la base 8. La
convocatoria para el acto de presentación deberá indicar, en su caso, si el desarrollo del
concurso se ha establecido en forma no presencial, la forma en que podrán seguirse de
forma no presencial las sesiones públicas y el plazo habilitado para que las personas
aspirantes aporten la documentación referida en la base 8.
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
de reposición en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la
citada resolución, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la jurisdicción contencioso-administrativa.
6.3 No procederá devolución alguna de los derechos de admisión a pruebas en los
supuestos de exclusión por causa imputable a la persona interesada.
7.
Comisiones del concurso de acceso
7.1 La composición de la comisión juzgadora correspondiente a cada concurso,
nombrada por resolución de la Universidad de Alicante de 23 de septiembre de 2024,
figura en el anexo III de esta convocatoria.
7.2 Los currículums de los miembros titulares se publicarán en Sede electrónica en
«Otros documentos generales» del expediente del aspirante asociado a esta
convocatoria.
7.3 Las comisiones juzgadoras deberán constituirse en el plazo máximo de 3
meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria del
concurso de acceso y deberán ajustarse en su funcionamiento a lo establecido en la
base 6 y siguientes de la normativa de desarrollo de esta universidad.
7.4 Los miembros de las comisiones percibirán las gratificaciones por asistencias
fijadas en la Normativa sobre indemnizaciones por razón de servicio y gastos de
desplazamiento y estancia de personal externo en la Universidad de Alicante, aprobada
en Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante de 31 de enero de 2024.
8.
Acto de constitución.
Se podrá hacer de forma presencial o a distancia y la comisión fijará los criterios
específicos de valoración, que deberán ajustarse a los criterios básicos establecidos en
el artículo 142.2 del Estatuto de la Universidad de Alicante y a los criterios generales
recogidos en el artículo 11 de la Normativa de desarrollo de esta universidad. Se
publicarán con antelación al acto de presentación en Sede electrónica y, si la constitución
ha sido de forma presencial, se publicarán también en el tablón de anuncios de los
locales donde se haya constituido y desarrolle sus actuaciones la comisión.
cve: BOE-A-2024-19875
Verificable en https://www.boe.es
8.1
Desarrollo del concurso