III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2024-19885)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Comunidad Foral de Navarra, para la ejecución de las actuaciones incluidas en el Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los fondos «Next Generation».
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 121088

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir y
MANIFIESTAN
I. Que con fecha 30 de diciembre de 2021 se formalizó el convenio entre el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y
Agenda Urbana) y la Comunidad Foral de Navarra para la ejecución del Programa de
Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
II. El anexo I. Listado de Actuaciones de la Comunidad Foral de Navarra que
acompaña al convenio suscrito por la Comunidad Foral de Navarra recoge como
actuaciones comprometidas por dicha Comunidad para el cumplimiento del objetivo CID,
objeto del convenio, en fase 1 la siguiente actuación:
– 16F1-1 UPNA GREEN SMART & SUSTAINABLE CAMPUS
En definitiva, la Comunidad Foral de Navarra, en virtud del convenio suscrito adquirió
el compromiso particular de contribuir al objetivo CID 36 de la Unión Europea, definido
en dicho convenio, con la rehabilitación de 1.913 metros cuadrados, en fase 1.
No obstante, para asegurar el cumplimiento de su compromiso particular incorporó al
convenio un total de 40.000 metros cuadrados a rehabilitar.
Los metros cuadrados rehabilitados que excedan del objetivo CID particular asignado
a la Comunidad Foral de Navarra en virtud de este convenio contribuirán, de igual modo,
a incrementar el número de metros cuadrados rehabilitados del objetivo CID global
comprometido con la Unión Europea.
III. En cuanto al plazo establecido en el convenio para la ejecución de las
actuaciones que esta Comunidad tiene previstas en fase 1, en aras a su contribución
al CID 36, la cláusula sexta «Financiación y plazos», dispone al respecto:
«Las actuaciones financiables se deben ejecutar en el periodo de tiempo
comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2024 para las
actuaciones adscritas sólo a la fase 1 o, hasta el 31 de marzo de 2026, para las de
fase 2. Se recuerda que tiene la consideración de obra finalizada aquella que disponga
de un Acta de recepción, la cual en ningún caso podrá ser posterior a la fecha límite
señalada en este párrafo».
IV. Ahora bien, las circunstancias sobrevenidas explicadas más abajo han hecho
necesario que la Comunidad Foral de Navarra solicite modificación del plazo inicial
previsto para las actuaciones de fase 1 por parte de esta, acordada por ambas partes en
comisión bilateral de fecha de 2 de julio de 2024.
En concreto, esta Comunidad justifica su solicitud teniendo en cuenta las siguientes
consideraciones:
«Dentro del proyecto de ejecución está prevista la compra e instalación de un
sistema de almacenamiento de energía en baterías que permita aumentar el
autoconsumo de energía fotovoltaica y garantizar el mínimo del 30 % de reducción en
todo el campus, es decir, en los 40.000 m2 de la actuación.
A diferencia de los módulos fotovoltaicos, las baterías no son un equipamiento que
esté en stock, sino que se desarrolla y produce en base a demanda. Por ello, los plazos
de entrega se alargan de forma sustancial. Según todos los posibles suministradores
estamos hablando de entre 6 y 9 meses de plazo de entrega.
Dadas las fechas en las que nos encontramos, creemos prudente establecer el 30 de
junio de 2025 como fecha límite de cumplimiento del proyecto».
Todo ello ha determinado la tramitación de esta adenda al objeto de dar curso a la
modificación del plazo inicial para las actuaciones de fase 1, estableciéndose como
fecha máxima de terminación de las obras de fase 1 la de 30 de junio de 2025,

cve: BOE-A-2024-19885
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 238