I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Organización. (BOE-A-2024-19806)
Orden DEF/1048/2024, de 26 de septiembre, por la que se regula el Servicio de Sociología del Ministerio de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120867
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
19806
Orden DEF/1048/2024, de 26 de septiembre, por la que se regula el Servicio
de Sociología del Ministerio de Defensa.
Artículo 1. Objeto.
Este orden ministerial tiene por objeto regular la estructura, misiones y actuación del
Servicio de Sociología del Ministerio de Defensa, con la finalidad de conseguir la máxima
eficacia de los recursos humanos, logísticos y materiales empeñados en labores
sociológicas y de obtener la debida economía de medios, de tal forma que se alcance el
necesario apoyo mutuo y coordinación entre el Órgano Central, los Ejércitos y la Armada
para la toma de decisiones.
cve: BOE-A-2024-19806
Verificable en https://www.boe.es
Desde el año 2008, los estudios sociales en el ámbito del Órgano Central son
coordinados y realizados por la Unidad de Estudios Sociales de Defensa de la
Vicesecretaría General Técnica, convirtiéndose desde entonces en la unidad
responsable de llevar a cabo los planes y actividades de carácter sociológico en el
ámbito del Órgano Central, y de coordinar aquéllos que se consideren necesarios
integrar con los Ejércitos y la Armada.
En enero de 2013, la Unidad de Estudios Sociales se integró en el Área de
Información y Ayuda a la Decisión, donde ya se encontraban integradas la Unidad de
Estadística del Órgano Central y el Centro de Investigación Operativa de la Defensa.
Poco tiempo después, con la aprobación del Real Decreto 1399/2018, de 23 de
noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Defensa, dicha unidad pasó a denominarse de Estudios Sociológicos de la Defensa.
En la actualidad, el Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, en su artículo 9.2, letra d),
atribuye a la Secretaría General Técnica las funciones en materia de planificación,
dirección, coordinación y, en su caso, ejecución de las actuaciones relativas a los
estudios sociológicos.
La experiencia acumulada en actividades de carácter sociológico durante estos
últimos años, el carácter multidisciplinar de algunas investigaciones y trabajos, así como
la necesidad de coordinar e integrar diferentes acciones de carácter sociológico con los
Ejércitos y la Armada, aconsejan la elaboración de la presente Orden Ministerial por la
que se regula el Servicio de Sociología del Ministerio de Defensa.
Esta orden ministerial responde a los principios de buena regulación, de conformidad
con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Desde el punto de vista de los principios de
necesidad y eficacia, se trata de un instrumento adecuado para servir al interés general.
De igual modo, la norma garantiza la seguridad jurídica, al ejercerse de manera
coherente con el resto del ordenamiento jurídico. Además, en ella se definen claramente
los objetivos que se pretende alcanzar. Asimismo, se respeta al principio de
transparencia, toda vez que la norma se publica en el «Boletín Oficial del Estado».
Respecto al principio de eficiencia, se trata de una norma cuyas medidas son adecuadas
y se ajustan a las necesidades que exigen su dictado, permitiendo una gestión eficiente
de los recursos públicos. También se adecua al principio de proporcionalidad, toda vez
que las medidas contempladas en esta norma se ajustan plenamente al objetivo que
pretende conseguirse mediante este instrumento.
Por ello, y con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la
Función Pública, dispongo:
Núm. 238
Miércoles 2 de octubre de 2024
Sec. I. Pág. 120867
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DEFENSA
19806
Orden DEF/1048/2024, de 26 de septiembre, por la que se regula el Servicio
de Sociología del Ministerio de Defensa.
Artículo 1. Objeto.
Este orden ministerial tiene por objeto regular la estructura, misiones y actuación del
Servicio de Sociología del Ministerio de Defensa, con la finalidad de conseguir la máxima
eficacia de los recursos humanos, logísticos y materiales empeñados en labores
sociológicas y de obtener la debida economía de medios, de tal forma que se alcance el
necesario apoyo mutuo y coordinación entre el Órgano Central, los Ejércitos y la Armada
para la toma de decisiones.
cve: BOE-A-2024-19806
Verificable en https://www.boe.es
Desde el año 2008, los estudios sociales en el ámbito del Órgano Central son
coordinados y realizados por la Unidad de Estudios Sociales de Defensa de la
Vicesecretaría General Técnica, convirtiéndose desde entonces en la unidad
responsable de llevar a cabo los planes y actividades de carácter sociológico en el
ámbito del Órgano Central, y de coordinar aquéllos que se consideren necesarios
integrar con los Ejércitos y la Armada.
En enero de 2013, la Unidad de Estudios Sociales se integró en el Área de
Información y Ayuda a la Decisión, donde ya se encontraban integradas la Unidad de
Estadística del Órgano Central y el Centro de Investigación Operativa de la Defensa.
Poco tiempo después, con la aprobación del Real Decreto 1399/2018, de 23 de
noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Defensa, dicha unidad pasó a denominarse de Estudios Sociológicos de la Defensa.
En la actualidad, el Real Decreto 205/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, en su artículo 9.2, letra d),
atribuye a la Secretaría General Técnica las funciones en materia de planificación,
dirección, coordinación y, en su caso, ejecución de las actuaciones relativas a los
estudios sociológicos.
La experiencia acumulada en actividades de carácter sociológico durante estos
últimos años, el carácter multidisciplinar de algunas investigaciones y trabajos, así como
la necesidad de coordinar e integrar diferentes acciones de carácter sociológico con los
Ejércitos y la Armada, aconsejan la elaboración de la presente Orden Ministerial por la
que se regula el Servicio de Sociología del Ministerio de Defensa.
Esta orden ministerial responde a los principios de buena regulación, de conformidad
con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Desde el punto de vista de los principios de
necesidad y eficacia, se trata de un instrumento adecuado para servir al interés general.
De igual modo, la norma garantiza la seguridad jurídica, al ejercerse de manera
coherente con el resto del ordenamiento jurídico. Además, en ella se definen claramente
los objetivos que se pretende alcanzar. Asimismo, se respeta al principio de
transparencia, toda vez que la norma se publica en el «Boletín Oficial del Estado».
Respecto al principio de eficiencia, se trata de una norma cuyas medidas son adecuadas
y se ajustan a las necesidades que exigen su dictado, permitiendo una gestión eficiente
de los recursos públicos. También se adecua al principio de proporcionalidad, toda vez
que las medidas contempladas en esta norma se ajustan plenamente al objetivo que
pretende conseguirse mediante este instrumento.
Por ello, y con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la
Función Pública, dispongo: