III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-19781)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, para el desarrollo del programa de formación abierta «Aula Mentor».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 120620
Tercera. Aspectos económicos.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas ni para
el del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte el Ayuntamiento del Setenil de las Bodegas:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería de Ayuntamiento de Setenil de
las Bodegas de los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor.
La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas
ascenderá a 48 euros y un máximo de 200.000 euros, ingresados en el presupuesto del
Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas en la aplicación presupuestaria 420.90.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en
el acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, en concepto de impartición de cursos, realizando la
retención en concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago
procederá de la recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en cinco
periodos anuales en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes. Este cargo será como mínimo de 48
euros y un máximo de 150.000 euros/año, que será imputado al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas en la aplicación presupuestaria 420.90. Si
durante un periodo no se formalizara ningún ingreso en concepto de matriculación, el
cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
Aula Mentor del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas que implicará una cantidad
mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad
máxima de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del
Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las tareas
de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la atención en
tareas de información y orientación profesional del Aula Mentor del Ayuntamiento de Setenil
de las Bodegas que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año (incluyendo
impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500 euros/año que se imputará
al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas.
– Remitir a la Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida
la información de del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas necesaria para elaborar la
memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la económica.
Por parte del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes a través de
la Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir, cuando proceda, los informes económicos anuales al Ayuntamiento de
Setenil de las Bodegas indicando el número de alumnado tutorizado en ese periodo,
para que dicha entidad proceda al pago de los costes tutoriales correspondientes.
– En el caso de Aulas Mentor con atención directa a la ciudadanía en tareas de
información y orientación profesional (Unidad de Orientación Profesional Mentor), remitir
un informe anual de personas atendidas, de personas inscritas en los procedimientos de
acreditación de competencias profesionales, así como el tipo de información y
orientación requerida, de acuerdo al modelo de informe normalizado.
cve: BOE-A-2024-19781
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 120620
Tercera. Aspectos económicos.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas ni para
el del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte el Ayuntamiento del Setenil de las Bodegas:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería de Ayuntamiento de Setenil de
las Bodegas de los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor.
La cantidad mínima establecida con el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas
ascenderá a 48 euros y un máximo de 200.000 euros, ingresados en el presupuesto del
Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas en la aplicación presupuestaria 420.90.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en
el acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, en concepto de impartición de cursos, realizando la
retención en concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago
procederá de la recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en cinco
periodos anuales en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes. Este cargo será como mínimo de 48
euros y un máximo de 150.000 euros/año, que será imputado al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas en la aplicación presupuestaria 420.90. Si
durante un periodo no se formalizara ningún ingreso en concepto de matriculación, el
cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
Aula Mentor del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas que implicará una cantidad
mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad
máxima de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal del
Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las tareas
de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la atención en
tareas de información y orientación profesional del Aula Mentor del Ayuntamiento de Setenil
de las Bodegas que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año (incluyendo
impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500 euros/año que se imputará
al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas.
– Remitir a la Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida
la información de del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas necesaria para elaborar la
memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la económica.
Por parte del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes a través de
la Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir, cuando proceda, los informes económicos anuales al Ayuntamiento de
Setenil de las Bodegas indicando el número de alumnado tutorizado en ese periodo,
para que dicha entidad proceda al pago de los costes tutoriales correspondientes.
– En el caso de Aulas Mentor con atención directa a la ciudadanía en tareas de
información y orientación profesional (Unidad de Orientación Profesional Mentor), remitir
un informe anual de personas atendidas, de personas inscritas en los procedimientos de
acreditación de competencias profesionales, así como el tipo de información y
orientación requerida, de acuerdo al modelo de informe normalizado.
cve: BOE-A-2024-19781
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 237