III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-19781)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas, para el desarrollo del programa de formación abierta «Aula Mentor».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 120618
Entre sus señas de identidad destaca su carácter abierto, dado que no existen
requisitos de acceso y proporciona una oferta formativa de carácter no formal que se
adapta a las necesidades de la población adulta. El modelo es flexible en ritmos de
aprendizaje, basado en una atención tutorial personalizada y con materiales
desarrollados específicamente para el trabajo a distancia mediante el uso de las
tecnologías de la información y la comunicación. Los espacios físicos que actualmente
existen en las diferentes organizaciones e instituciones participantes se aprovechan con
objeto de dar un apoyo personal, configurándose como centros de recursos y de
socialización que permiten, a su vez, realizar la prueba de evaluación, presencial y final,
para certificar el aprovechamiento de los cursos.
Que Aula Mentor es un modelo consolidado de cooperación entre Administraciones
públicas que permite rentabilizar esfuerzos y recursos. Por un lado, los costes tutoriales
se cubren con la reducida matrícula que abona el alumnado Mentor y es, gestionado
íntegramente por las entidades colaboradoras del Programa Aula Mentor. Por otro lado,
el uso de las instalaciones que las entidades colaboradoras ponen a disposición del
Programa Aula Mentor, puede ser compartido para otras acciones formativas propias, o
de uso libre, con el fin de reducir la brecha digital; todo lo cual añade un alto grado de
eficiencia a los recursos. Esta iniciativa de formación ha sido reconocida por sus
características de educación no formal a distancia como una de las 14 buenas prácticas
en el inventario de la Unión Europea.
VIII. Que el derecho a la educación de los ciudadanos y el deber de los poderes
públicos de fomentar el acceso a la cultura y al aprendizaje permanente, hace necesario
establecer convenios que permitan cumplir con las competencias propias de la
Administración General del Estado y de las Entidades Locales, favoreciendo el impulso y
desarrollo de las competencias personales y profesionales a través de las tecnologías de
la información y la comunicación, y combinando adecuadamente los aspectos
educativos, culturales y de promoción del uso eficiente y sostenible de las tecnologías.
IX. Que, habida cuenta de sus intereses, tanto el Ayuntamiento de Setenil de las
Bodegas como el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes están de
acuerdo en establecer un convenio que posibilite la continua cooperación entre las dos
instituciones en favor de la enseñanza a distancia para personas adultas a través del
programa Aula Mentor.
En consecuencia, ambas Partes formalizan el presente documento de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Segunda.
Compromisos de las partes.
En virtud de este convenio marco, los firmantes adquieren los siguientes
compromisos:
Por parte del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas:
a) Proporcionar las instalaciones físicas y equipamiento tecnológico al servicio de la
realización de los cursos constitutivos del objeto del presente convenio, en las
cve: BOE-A-2024-19781
Verificable en https://www.boe.es
Constituye el objeto del presente convenio establecer los términos y condiciones
generales que regularán la colaboración entre el Ayuntamiento de Setenil de las
Bodegas y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en lo referido a
la formación no reglada de personas adultas a través de Internet con el desarrollo de la
iniciativa de formación abierta denominada «Aula Mentor» poniendo al alcance de los
ciudadanos materiales de formación con asistencia tutorial telemática y, en su caso,
presencial para el propio aprendizaje o de información y orientación profesional.
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 120618
Entre sus señas de identidad destaca su carácter abierto, dado que no existen
requisitos de acceso y proporciona una oferta formativa de carácter no formal que se
adapta a las necesidades de la población adulta. El modelo es flexible en ritmos de
aprendizaje, basado en una atención tutorial personalizada y con materiales
desarrollados específicamente para el trabajo a distancia mediante el uso de las
tecnologías de la información y la comunicación. Los espacios físicos que actualmente
existen en las diferentes organizaciones e instituciones participantes se aprovechan con
objeto de dar un apoyo personal, configurándose como centros de recursos y de
socialización que permiten, a su vez, realizar la prueba de evaluación, presencial y final,
para certificar el aprovechamiento de los cursos.
Que Aula Mentor es un modelo consolidado de cooperación entre Administraciones
públicas que permite rentabilizar esfuerzos y recursos. Por un lado, los costes tutoriales
se cubren con la reducida matrícula que abona el alumnado Mentor y es, gestionado
íntegramente por las entidades colaboradoras del Programa Aula Mentor. Por otro lado,
el uso de las instalaciones que las entidades colaboradoras ponen a disposición del
Programa Aula Mentor, puede ser compartido para otras acciones formativas propias, o
de uso libre, con el fin de reducir la brecha digital; todo lo cual añade un alto grado de
eficiencia a los recursos. Esta iniciativa de formación ha sido reconocida por sus
características de educación no formal a distancia como una de las 14 buenas prácticas
en el inventario de la Unión Europea.
VIII. Que el derecho a la educación de los ciudadanos y el deber de los poderes
públicos de fomentar el acceso a la cultura y al aprendizaje permanente, hace necesario
establecer convenios que permitan cumplir con las competencias propias de la
Administración General del Estado y de las Entidades Locales, favoreciendo el impulso y
desarrollo de las competencias personales y profesionales a través de las tecnologías de
la información y la comunicación, y combinando adecuadamente los aspectos
educativos, culturales y de promoción del uso eficiente y sostenible de las tecnologías.
IX. Que, habida cuenta de sus intereses, tanto el Ayuntamiento de Setenil de las
Bodegas como el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes están de
acuerdo en establecer un convenio que posibilite la continua cooperación entre las dos
instituciones en favor de la enseñanza a distancia para personas adultas a través del
programa Aula Mentor.
En consecuencia, ambas Partes formalizan el presente documento de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Segunda.
Compromisos de las partes.
En virtud de este convenio marco, los firmantes adquieren los siguientes
compromisos:
Por parte del Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas:
a) Proporcionar las instalaciones físicas y equipamiento tecnológico al servicio de la
realización de los cursos constitutivos del objeto del presente convenio, en las
cve: BOE-A-2024-19781
Verificable en https://www.boe.es
Constituye el objeto del presente convenio establecer los términos y condiciones
generales que regularán la colaboración entre el Ayuntamiento de Setenil de las
Bodegas y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en lo referido a
la formación no reglada de personas adultas a través de Internet con el desarrollo de la
iniciativa de formación abierta denominada «Aula Mentor» poniendo al alcance de los
ciudadanos materiales de formación con asistencia tutorial telemática y, en su caso,
presencial para el propio aprendizaje o de información y orientación profesional.