III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-19778)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Chillón, para el desarrollo del programa de formación abierta «Aula Mentor».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Martes 1 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 120599

En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte del Ayuntamiento de Chillón:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería de Ayuntamiento de Chillón de
los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del «Aula Mentor». La cantidad
mínima establecida con el Ayuntamiento de Chillón ascenderá a 48 euros y un máximo
de 200.000 euros, ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de Chillón en la
aplicación presupuestaria 40-312 «otros ingresos».
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en
el acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, en concepto de impartición de cursos, realizando la
retención en concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago
procederá de la recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en cinco
periodos anuales en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes. Este cargo será como mínimo de 48
euros y un máximo de 150.000 euros/año, que será imputado al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Chillón en la aplicación presupuestaria 11-231-143 «personal». Si
durante un periodo no se formalizara ningún ingreso en concepto de matriculación, el
cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del «Aula Mentor», que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Chillón, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir las
tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del «Aula
Mentor» del Ayuntamiento de Chillón que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al
año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500 euros/año
que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Chillón.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las tareas
de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la atención
en tareas de información y orientación profesional del «Aula Mentor» del Ayuntamiento de
Chillón que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y
seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500 euros/año que se imputará al
presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Chillón.
– Remitir a la Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida
la información de Ayuntamiento de Chillón necesaria para elaborar la memoria anual del
programa «Aula Mentor», una de cuyas dimensiones es la económica.

– Remitir, cuando proceda, los informes económicos anuales al Ayuntamiento de
Chillón indicando el número de alumnado tutorizado en ese periodo, para que dicha
entidad proceda al pago de los costes tutoriales correspondientes.
– En el caso de Aulas Mentor con atención directa a la ciudadanía en tareas de
información y orientación profesional (Unidad de Orientación Profesional_Mentor), remitir
un informe anual de personas atendidas, de personas inscritas en los procedimientos de
acreditación de competencias profesionales, así como el tipo de información y
orientación requerida, de acuerdo al modelo de informe normalizado.
Cuarta.

Duración del convenio.

El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal al que se refiere la disposición
adicional séptima mencionada en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, previo a su

cve: BOE-A-2024-19778
Verificable en https://www.boe.es

Por parte del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes a través de
la Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida: