III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-19761)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Alfonso X el Sabio, para la realización de actividades académicas externas de sus estudiantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 120520
encomendados y a mejorar el conocimiento, el uso y la enseñanza del español como
lengua extranjera.
II. Que la Universidad Alfonso X el Sabio, cuya titularidad corresponde a la entidad
Universidad Privada de Madrid, SA, fue reconocida como universidad privada por la
Ley 9/1993, de 19 de abril, goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar dentro de su ámbito de actuación, y tiene como finalidad la preparación para el
ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y
métodos científicos y para la creación artística, y que estos fines, dado su carácter
educativo, son concurrentes o complementarios con los del Instituto Cervantes.
Por su parte, la Universidad Alfonso X el Sabio goza de autonomía, de acuerdo con
el artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, de
Sistema Universitario. El artículo 3.2.q) de esta última norma establece que dicha
autonomía comprende, entre otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras
universidades, instituciones, organismos, Corporaciones de Derecho Público,
Administraciones Públicas o empresas y entidades locales, nacionales e internacionales,
con el objeto de desarrollar algunas de las funciones que le son propias a la
Universidad».
III. Que el Instituto Cervantes y la Universidad Alfonso X el Sabio están interesadas
en suscribir el presente convenio con el fin de establecer la cooperación en el desarrollo
de un programa de prácticas académicas externas para que los estudiantes de la
Universidad puedan realizar prácticas curriculares no remuneradas en las sedes del
Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior, que les permitan aplicar y
complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la
adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades
profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
IV. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación.
V. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda y Función Pública en fecha 7 de diciembre de 2023.
VI. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y la UAX para la realización de prácticas académicas externas curriculares no
remuneradas de estudiantes matriculados o que se encuentren cursando estudios en la
UAX, en las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior.
Segunda.
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
La UAX asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la convocatoria de
prácticas objeto del presente convenio, de acuerdo con la normativa aplicable, así como
cve: BOE-A-2024-19761
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 120520
encomendados y a mejorar el conocimiento, el uso y la enseñanza del español como
lengua extranjera.
II. Que la Universidad Alfonso X el Sabio, cuya titularidad corresponde a la entidad
Universidad Privada de Madrid, SA, fue reconocida como universidad privada por la
Ley 9/1993, de 19 de abril, goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar dentro de su ámbito de actuación, y tiene como finalidad la preparación para el
ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y
métodos científicos y para la creación artística, y que estos fines, dado su carácter
educativo, son concurrentes o complementarios con los del Instituto Cervantes.
Por su parte, la Universidad Alfonso X el Sabio goza de autonomía, de acuerdo con
el artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, de
Sistema Universitario. El artículo 3.2.q) de esta última norma establece que dicha
autonomía comprende, entre otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras
universidades, instituciones, organismos, Corporaciones de Derecho Público,
Administraciones Públicas o empresas y entidades locales, nacionales e internacionales,
con el objeto de desarrollar algunas de las funciones que le son propias a la
Universidad».
III. Que el Instituto Cervantes y la Universidad Alfonso X el Sabio están interesadas
en suscribir el presente convenio con el fin de establecer la cooperación en el desarrollo
de un programa de prácticas académicas externas para que los estudiantes de la
Universidad puedan realizar prácticas curriculares no remuneradas en las sedes del
Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior, que les permitan aplicar y
complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la
adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades
profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
IV. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación.
V. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda y Función Pública en fecha 7 de diciembre de 2023.
VI. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y la UAX para la realización de prácticas académicas externas curriculares no
remuneradas de estudiantes matriculados o que se encuentren cursando estudios en la
UAX, en las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior.
Segunda.
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
La UAX asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la convocatoria de
prácticas objeto del presente convenio, de acuerdo con la normativa aplicable, así como
cve: BOE-A-2024-19761
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.