III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-19799)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Diputación de Girona, para la cesión de información procedente de la base padronal del INE en el ámbito de los trabajos previstos en la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, del Ministerio de Política Territorial, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Martes 1 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 120809

administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente convenio, de forma electrónica y a
un solo efecto tomándose como fecha de firma la fecha en que lo haga el último firmante, es
decir el 20 de septiembre de 2024.–El Director General de Estadísticas de la Población del
Instituto Nacional de Estadística (por delegación de la Presidenta del Organismo.
Resolución de 8 de marzo de 2024 de la Presidencia del INE, BOE de 20 de marzo),
Antonio Jesús Argüeso Jiménez.–El Presidente de la Diputació de Girona, Miquel Noguer i
Planas.–El Secretario General de la Diputació de Girona, Jordi Batllori Nouvilas.
ANEXO
Compromiso de confidencialidad
D./Dña. ............................................................., con Documento Nacional de
Identidad (o el que lo sustituya reglamentariamente) número ......................., en relación
al convenio con el Instituto Nacional de Estadística (INE), para para la cesión de
información procedente de la base padronal del INE en el ámbito de los trabajos
previstos en la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, del Ministerio de Política de
Territorial, por la que se aprueban las Bases Reguladoras y se efectúa la convocatoria
correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y
modernización de los Sistemas de Gestión del Padrón Municipal de las entidades
locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia declara
RESPONSABLEMENTE:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 5.1 b) Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre
circulación de estos datos, así como lo contemplado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la
información que se facilita proveniente del Padrón sólo podrá utilizarse para los fines
para los que se cede.
Relacionando con el punto anterior se compromete a garantizar las medidas de
seguridad tal y como establece el Esquema Nacional de Seguridad regulado en el Real
Decreto 311/2022 de 5 de mayo, dirigidas a conservar la confidencialidad de la
información, cuyo tratamiento va dirigido a:

Admite conocer que como parte del personal de la entidad beneficiaria o los terceros
que tengan acceso a la información facilitada en virtud de los procedimientos de licitación
correspondientes u otros instrumentos de colaboración interadministrativa legalmente
establecidos, conforme a lo previsto en el art. 8 de la Orden TER/1235/2023, queda
obligado por la citada normativa de protección de datos, comprometiéndose a la no
conservación de la información facilitada total o parcialmente en ningún soporte, una vez
finalizados los trabajos.
Para que conste.
........................, a.......... de ....................... de 20...
Fdo.:...............................................................

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-19799
Verificable en https://www.boe.es

La formación de una base de datos de viviendas para cada uno de los municipios
destinatarios del proyecto, incluidos en la solicitud de la subvención, o adheridos con
posterioridad.