III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-19803)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Martes 1 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 120844

requerimiento, se entenderá resuelto el convenio desde la fecha de vencimiento del
plazo de los quince días.
En todo caso, la resolución del convenio no afectará a las prácticas iniciadas durante
su vigencia y pendientes de concluir en la fecha de su extinción; por lo que las partes
deben salvaguardar los derechos de los estudiantes en prácticas y fijar un plazo
improrrogable par la finalización de todos los efectos del convenio.
Decimoséptima.

Resolución de controversias.

La existencia de cualquier tipo de discrepancia entre las partes en relación con la
interpretación o ejecución de lo establecido en el presente convenio no resuelto en el
seno de la comisión de seguimiento, se resolverá por los órganos del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en su legislación reguladora.
Decimoctava.

Régimen de Protección de Datos personales.

Las entidades firmantes manifiestan y garantizan que la obtención y el tratamiento de
los datos de carácter personal recabados para la gestión de las prácticas derivadas del
mismo, se han realizado de acuerdo a lo dispuesto en Reglamento General de
Protección de Datos –Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril–, en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales y demás normativa que resulte de aplicación.
Ambas partes se comprometen a no hacer uso de los datos para una finalidad
distinta que la que motiva el desarrollo del presente convenio de prácticas, a no
comunicarlos a terceros sin consentimiento de los interesados, así como a cumplir con
las medidas de seguridad y demás obligaciones derivadas de la legislación de protección
de datos de carácter personal.
Asimismo, las entidades firmantes del convenio quedan exoneradas de cualquier
responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones
anteriores efectuada por cualquiera otra parte. En caso de quebrantamiento de las
obligaciones asumidas, la entidad que las hubiera quebrantado responderá de las
infracciones en que hubiera incurrido.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio electrónicamente, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante.
Madrid, 13 de septiembre de 2024.–El Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad de
la Universidad Autónoma de Madrid, Francisco Javier Oubiña Barbolla. Madrid, 20 de
septiembre de 2024.–La Directora General de MUFACE, Myriam Pallarés Cortón.
ANEXO I
Deberes de los estudiantes en prácticas

– Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
Universidad.
– Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones
del tutor asignado por MUFACE bajo la supervisión del tutor académico de la
Universidad.
– Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.

cve: BOE-A-2024-19803
Verificable en https://www.boe.es

El estudiante se compromete a atender al cumplimiento de los siguientes deberes: