III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-19787)
Orden ITU/1042/2024, de 26 de septiembre, por la que se amplía el plazo por incidencia técnica, para la presentación de solicitudes en la convocatoria prevista en la Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 120659
desde las 9:00 horas del 3 de octubre de 2024 hasta las 14:00 horas del 4 de noviembre
de 2024, fechas y horas oficiales de la sede electrónica del Ministerio de Industria y
Turismo.
Segundo.
A tenor de lo previsto en el artículo 11.1.g) del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, la presente orden será publicada en la sede
electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.
Tercero.
La presente orden surtirá efectos desde el día de su publicación en la Sede
Electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.
cve: BOE-A-2024-19787
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de septiembre de 2024.–El Ministro de Industria y Turismo P. D.
(Orden ITU/1307/2023, de 5 de diciembre), la Secretaria de Estado de Industria, Rebeca
Mariola Torró Soler.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 237
Martes 1 de octubre de 2024
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desde las 9:00 horas del 3 de octubre de 2024 hasta las 14:00 horas del 4 de noviembre
de 2024, fechas y horas oficiales de la sede electrónica del Ministerio de Industria y
Turismo.
Segundo.
A tenor de lo previsto en el artículo 11.1.g) del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, la presente orden será publicada en la sede
electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.
Tercero.
La presente orden surtirá efectos desde el día de su publicación en la Sede
Electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.
cve: BOE-A-2024-19787
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de septiembre de 2024.–El Ministro de Industria y Turismo P. D.
(Orden ITU/1307/2023, de 5 de diciembre), la Secretaria de Estado de Industria, Rebeca
Mariola Torró Soler.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X