III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Deuda del Estado. (BOE-A-2024-19670)
Resolución de 27 de septiembre de 2024, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de octubre de 2024 y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 120092
respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 4,70 por 100,
vencimiento 30 de julio de 2041. En las Obligaciones del Estado a quince años, indexadas
al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 2,05 por 100,
con vencimiento 30 de noviembre de 2039, el cupón real anual y las fechas de
amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las
Órdenes ETD/1132/2023 y ETD/1135/2023 de 17 y 18 de octubre, respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo el 30 de noviembre
de 2024 en las Obligaciones del Estado a quince años al 2,05 por 100, indexadas a la
inflación, el 30 de abril de 2025 en las Obligaciones al 1,45 por 100, el 31 de mayo
de 2025 en los Bonos a tres años al 2,50 por 100 y el 30 de julio de 2025 en las
Obligaciones al 4,70 por 100.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y
reconstitución en las Obligaciones a quince años al 2,05 por 100, indexadas a la
inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del
Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 3 de octubre de 2024, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 23 de enero de 2024, y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón y, además, en el caso
de las Obligaciones a quince años al 2,05 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en
consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de
indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta,
calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024,
de 19 de enero, es el 0,89 por 100 en los Bonos a tres años al 2,50 por 100, el 0,64
por 100 en las Obligaciones al 1,45 por 100, el 1,75 por 100 en las Obligaciones a quince
años al 2,05 por 100 indexadas a la inflación y el 0,90 por 100 en las Obligaciones
al 4,70 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador
correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de
la Orden ETD/1132/2023, es el 1,05975.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 8
de octubre de 2024, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de
cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF
Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las
emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación
de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en
circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone,
calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024,
de 19 de enero.
Madrid, 27 de septiembre de 2024.–La Directora General del Tesoro y Política
Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora
General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
cve: BOE-A-2024-19670
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 120092
respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 4,70 por 100,
vencimiento 30 de julio de 2041. En las Obligaciones del Estado a quince años, indexadas
al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 2,05 por 100,
con vencimiento 30 de noviembre de 2039, el cupón real anual y las fechas de
amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las
Órdenes ETD/1132/2023 y ETD/1135/2023 de 17 y 18 de octubre, respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo el 30 de noviembre
de 2024 en las Obligaciones del Estado a quince años al 2,05 por 100, indexadas a la
inflación, el 30 de abril de 2025 en las Obligaciones al 1,45 por 100, el 31 de mayo
de 2025 en los Bonos a tres años al 2,50 por 100 y el 30 de julio de 2025 en las
Obligaciones al 4,70 por 100.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y
reconstitución en las Obligaciones a quince años al 2,05 por 100, indexadas a la
inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del
Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 3 de octubre de 2024, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 23 de enero de 2024, y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón y, además, en el caso
de las Obligaciones a quince años al 2,05 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en
consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de
indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta,
calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024,
de 19 de enero, es el 0,89 por 100 en los Bonos a tres años al 2,50 por 100, el 0,64
por 100 en las Obligaciones al 1,45 por 100, el 1,75 por 100 en las Obligaciones a quince
años al 2,05 por 100 indexadas a la inflación y el 0,90 por 100 en las Obligaciones
al 4,70 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador
correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de
la Orden ETD/1132/2023, es el 1,05975.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 8
de octubre de 2024, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de
cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF
Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las
emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación
de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en
circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone,
calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/25/2024,
de 19 de enero.
Madrid, 27 de septiembre de 2024.–La Directora General del Tesoro y Política
Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora
General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
cve: BOE-A-2024-19670
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Núm. 236