III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-19638)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Instituto Cervantes, para la organización conjunta de la actividad «Internacionalización de la música y las artes escénicas españolas, 2024 y 2025», dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119837
nombramiento por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE del 21 de julio de 2018),
de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la
que se crea el Instituto Cervantes.
Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente
convenio y, en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que el INAEM es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Cultura,
encargado de la consecución de los siguientes fines: la promoción, protección y difusión
de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones; la
proyección exterior de las actividades a que se refiere el apartado anterior; la
comunicación cultural entre las comunidades autónomas en las materias propias del
organismo, de acuerdo con ellas.
Segundo.
Que el IC es un organismo público creado al amparo de la Ley 7/1991, de 21 de
marzo, que cuenta con una red de centros en el exterior y cuyos fines y objetivos
primordiales son la promoción universal de la lengua española, la difusión de la cultura
en el exterior y atender al patrimonio lingüístico y cultural que es común a los países y
pueblos de la comunidad hispanohablante.
Tercero.
Que, ante el grave impacto de la crisis sanitaria en la actividad económica y social
europea, los organismos comunitarios han aprobado un Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, también PRTR), estructurado en torno a
inversiones y reformas, con un triple objetivo: apoyar a corto plazo la recuperación tras la
crisis sanitaria; impulsar a medio plazo un proceso de transformación estructural; y llevar
a largo plazo a un desarrollo más sostenible y resiliente desde el punto de vista
económico-financiero, social, territorial y medioambiental.
En este contexto, los nuevos instrumentos comunitarios de financiación
Next Generation EU proporcionan una ocasión extraordinaria para desplegar este Plan y
contrarrestar así el impacto de la pandemia sobre la inversión y la actividad económica, y
para abordar la modernización de la economía.
Que un factor fundamental para modernizar la economía y la sociedad es avanzar en
la transición ecológica, la transformación digital, el crecimiento inteligente, la cohesión
social y territorial, la salud y la resiliencia económica, social e institucional y políticas para
la próxima generación, la infancia y la juventud.
En ese sentido, una de las actividades más intensamente afectadas por la pandemia
ha sido la cultura. Por ello, dentro del PRTR, el componente 24 va dirigido a la
revalorización de la industria cultural.
Quinto.
Que el componente 24 incluye entre sus inversiones la Inversión 1 dirigida al refuerzo
de la competitividad de las industrias culturales. Se trata de un conjunto de iniciativas
para la mejora de la competitividad y resiliencia del sector escénico y musical en España
(C24.I01).
cve: BOE-A-2024-19638
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119837
nombramiento por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE del 21 de julio de 2018),
de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la
que se crea el Instituto Cervantes.
Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente
convenio y, en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que el INAEM es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Cultura,
encargado de la consecución de los siguientes fines: la promoción, protección y difusión
de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones; la
proyección exterior de las actividades a que se refiere el apartado anterior; la
comunicación cultural entre las comunidades autónomas en las materias propias del
organismo, de acuerdo con ellas.
Segundo.
Que el IC es un organismo público creado al amparo de la Ley 7/1991, de 21 de
marzo, que cuenta con una red de centros en el exterior y cuyos fines y objetivos
primordiales son la promoción universal de la lengua española, la difusión de la cultura
en el exterior y atender al patrimonio lingüístico y cultural que es común a los países y
pueblos de la comunidad hispanohablante.
Tercero.
Que, ante el grave impacto de la crisis sanitaria en la actividad económica y social
europea, los organismos comunitarios han aprobado un Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (en adelante, también PRTR), estructurado en torno a
inversiones y reformas, con un triple objetivo: apoyar a corto plazo la recuperación tras la
crisis sanitaria; impulsar a medio plazo un proceso de transformación estructural; y llevar
a largo plazo a un desarrollo más sostenible y resiliente desde el punto de vista
económico-financiero, social, territorial y medioambiental.
En este contexto, los nuevos instrumentos comunitarios de financiación
Next Generation EU proporcionan una ocasión extraordinaria para desplegar este Plan y
contrarrestar así el impacto de la pandemia sobre la inversión y la actividad económica, y
para abordar la modernización de la economía.
Que un factor fundamental para modernizar la economía y la sociedad es avanzar en
la transición ecológica, la transformación digital, el crecimiento inteligente, la cohesión
social y territorial, la salud y la resiliencia económica, social e institucional y políticas para
la próxima generación, la infancia y la juventud.
En ese sentido, una de las actividades más intensamente afectadas por la pandemia
ha sido la cultura. Por ello, dentro del PRTR, el componente 24 va dirigido a la
revalorización de la industria cultural.
Quinto.
Que el componente 24 incluye entre sus inversiones la Inversión 1 dirigida al refuerzo
de la competitividad de las industrias culturales. Se trata de un conjunto de iniciativas
para la mejora de la competitividad y resiliencia del sector escénico y musical en España
(C24.I01).
cve: BOE-A-2024-19638
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.