III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-19645)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública y el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, para la cesión de uso de los servicios de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119880
ACUERDAN
Primera. Objeto.
El objeto de este convenio es la cesión de uso al Ministerio de Política Territorial y
Memoria Democrática de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP.
Segunda.
1.
Obligaciones asumidas por las partes.
Cesión de uso de la plataforma Moodle.
a) La cesión del uso será totalmente gratuita. El convenio no genera compromisos
económicos ni obligaciones financieras para ninguna de las partes.
b) La cesión del uso no supondrá, en ningún caso, la asunción de ninguna otra
obligación para el INAP en el desarrollo y funcionamiento de las actividades formativas
del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
No obstante, el INAP garantiza al Ministerio de Política Territorial y Memoria
Democrática el uso pacífico de la citada plataforma, de tal forma que el INAP protegerá
la Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y asumirá toda responsabilidad
en relación con cualquier reclamación de terceras personas, físicas o jurídicas, que
pretendan tener derechos sobre una parte o sobre toda la plataforma.
c) La cesión del uso no podrá, a su vez, ser cedida o transferida a terceros, ni
subrogada a persona alguna, en todo o en parte.
d) La responsabilidad de la gestión y desarrollo de las actividades formativas del
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática recaerá en la institución
cesionaria.
e) El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, como cesionario,
antes de utilizar la plataforma deberá entregar la estimación del número y denominación
de las actividades formativas y del máximo de alumnos que prevé que la empleen en el
año en curso, para así realizar un dimensionamiento adecuado del sistema y evitar
posibles problemas de rendimiento. Para ejercicios futuros, dicha estimación deberá ser
remitida al INAP antes del 30 de octubre del año anterior. En cualquier caso, el
cesionario se compromete a comunicar, lo antes posible, cualquier cambio significativo
que se produzca en dicha estimación.
f) El INAP, por su parte, se reserva el derecho a analizar cualquier aspecto de las
actividades formativas del cesionario que pueda afectar al rendimiento de la plataforma y a
realizar cuantas recomendaciones sean necesarias para la optimización de dicho rendimiento.
Del mismo modo, en casos excepcionales, podrá clausurar un curso si, por causas técnicas, este
afecte negativamente al funcionamiento de la plataforma de formación.
g) El INAP establecerá un procedimiento para la eliminación de los cursos impartidos por el
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática a través de la plataforma Moodle. Dicha
eliminación se realizará por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática una vez
transcurridos tres meses desde su finalización del curso. Si no se ha eliminado un curso
trascurrido este plazo, el INAP podrá proceder a su eliminación. El Ministerio de Política Territorial
y Memoria Democrática será responsable de la gestión de las copias de respaldo de los
contenidos de sus propios cursos con anterioridad a dicha eliminación, pudiendo solicitar apoyo
al INAP a través del Centro de Atención a Usuarios (CAU).
h) El CAU de la plataforma será la unidad responsable de atender las consultas
técnicas relativas a la plataforma, y exclusivamente las que tengan este carácter técnico.
El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática deberá disponer de un buzón
electrónico al cual redirigir las consultas que se realicen al CAU en materia de trámites
administrativos o de gestión, consultas específicas de los contenidos de los cursos, altas,
bajas y modificaciones del alumnado, consultas dirigidas al profesorado o cualquier otra
que no sea de índole técnica referida al funcionamiento de la plataforma, que deberá
resolver el propio Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
cve: BOE-A-2024-19645
Verificable en https://www.boe.es
Se ajustará a las siguientes condiciones:
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119880
ACUERDAN
Primera. Objeto.
El objeto de este convenio es la cesión de uso al Ministerio de Política Territorial y
Memoria Democrática de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP.
Segunda.
1.
Obligaciones asumidas por las partes.
Cesión de uso de la plataforma Moodle.
a) La cesión del uso será totalmente gratuita. El convenio no genera compromisos
económicos ni obligaciones financieras para ninguna de las partes.
b) La cesión del uso no supondrá, en ningún caso, la asunción de ninguna otra
obligación para el INAP en el desarrollo y funcionamiento de las actividades formativas
del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
No obstante, el INAP garantiza al Ministerio de Política Territorial y Memoria
Democrática el uso pacífico de la citada plataforma, de tal forma que el INAP protegerá
la Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y asumirá toda responsabilidad
en relación con cualquier reclamación de terceras personas, físicas o jurídicas, que
pretendan tener derechos sobre una parte o sobre toda la plataforma.
c) La cesión del uso no podrá, a su vez, ser cedida o transferida a terceros, ni
subrogada a persona alguna, en todo o en parte.
d) La responsabilidad de la gestión y desarrollo de las actividades formativas del
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática recaerá en la institución
cesionaria.
e) El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, como cesionario,
antes de utilizar la plataforma deberá entregar la estimación del número y denominación
de las actividades formativas y del máximo de alumnos que prevé que la empleen en el
año en curso, para así realizar un dimensionamiento adecuado del sistema y evitar
posibles problemas de rendimiento. Para ejercicios futuros, dicha estimación deberá ser
remitida al INAP antes del 30 de octubre del año anterior. En cualquier caso, el
cesionario se compromete a comunicar, lo antes posible, cualquier cambio significativo
que se produzca en dicha estimación.
f) El INAP, por su parte, se reserva el derecho a analizar cualquier aspecto de las
actividades formativas del cesionario que pueda afectar al rendimiento de la plataforma y a
realizar cuantas recomendaciones sean necesarias para la optimización de dicho rendimiento.
Del mismo modo, en casos excepcionales, podrá clausurar un curso si, por causas técnicas, este
afecte negativamente al funcionamiento de la plataforma de formación.
g) El INAP establecerá un procedimiento para la eliminación de los cursos impartidos por el
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática a través de la plataforma Moodle. Dicha
eliminación se realizará por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática una vez
transcurridos tres meses desde su finalización del curso. Si no se ha eliminado un curso
trascurrido este plazo, el INAP podrá proceder a su eliminación. El Ministerio de Política Territorial
y Memoria Democrática será responsable de la gestión de las copias de respaldo de los
contenidos de sus propios cursos con anterioridad a dicha eliminación, pudiendo solicitar apoyo
al INAP a través del Centro de Atención a Usuarios (CAU).
h) El CAU de la plataforma será la unidad responsable de atender las consultas
técnicas relativas a la plataforma, y exclusivamente las que tengan este carácter técnico.
El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática deberá disponer de un buzón
electrónico al cual redirigir las consultas que se realicen al CAU en materia de trámites
administrativos o de gestión, consultas específicas de los contenidos de los cursos, altas,
bajas y modificaciones del alumnado, consultas dirigidas al profesorado o cualquier otra
que no sea de índole técnica referida al funcionamiento de la plataforma, que deberá
resolver el propio Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
cve: BOE-A-2024-19645
Verificable en https://www.boe.es
Se ajustará a las siguientes condiciones: