II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Destinos. (BOE-A-2024-19586)
Resolución de 22 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 19 de julio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Lunes 30 de septiembre de 2024

Sec. II.A. Pág. 119428

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
19586

Resolución de 22 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
19 de julio de 2024.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Este Ministerio acuerda hacer pública la resolución total de la convocatoria de libre
designación anunciada por Resolución de 19 de julio de 2024 (BOE del día 1 de agosto
de 2024), según anexo adjunto a la presente resolución.
El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres
días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta
cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo empezará a contarse
a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde dicha publicación.
Contra la presente resolución, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2024-19586
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 22 de septiembre de 2024.–El Subsecretario para la Transición, Miguel
González Suela.