III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-19656)
Resolución de 22 de septiembre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de grados y postgrados.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Lunes 30 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 119959

Undécima. Consecuencias por incumplimiento de las obligaciones y compromisos
asumidos por las partes.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes del convenio, se notificará a la parte incumplidora un requerimiento
para que cumpla en un plazo de treinta días naturales con las obligaciones o compromisos
incumplidos. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra la concurrencia de la causa de
resolución y se podrá entender resuelto el convenio. La resolución del convenio no dará
lugar a indemnización alguna.
Duodécima.

Naturaleza y régimen jurídico.

El presente convenio tiene la naturaleza jurídico-administrativa de los convenios
previstos en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, siéndole de aplicación, en defecto de normas específicas, los
principios de dicho texto legal para resolver las dudas y lagunas que pudieran plantearse
durante su desarrollo y ejecución.
Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación,
resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, que
no hayan sido resueltas por la Comisión Mixta prevista en la cláusula novena del
convenio, deberán solventarse por acuerdo de las partes. Si no se llegara a un acuerdo,
las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la citada jurisdicción.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas,
en el lugar y fecha indicados.–Por la Universidad Antonio de Nebrija, José Muñiz
Fernández.–Por el Consejo Superior de Deportes, Fernando Molinero Revert.
ANEXO I
Anexo de titulación

El presente anexo se incorpora al convenio suscrito entre el Consejo Superior de
Deportes y la Universidad Antonio de Nebrija, firmado con fecha …/…/……. y vigente hasta
el …/…/……. (coincidente siempre con la fecha consignada en la cláusula décima y con el
límite máximo de cuatro años), cuyo objeto es regular las condiciones en que estudiantes de
la Universidad Antonio de Nebrija realizarán un programa de prácticas académicas externas
o en la mencionada entidad. Este anexo se acoge al Real Decreto 861/2010, de 2 de julio,
por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en el que se establece
la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, así como, a la Resolución de la
Universidad …………………. por la que se publica el Plan de Estudios para la obtención del
Título de Grado o Máster Universitario en ……………………………………………………….
(Especificar el Grado o Máster Universitario concreto).
Con la firma de este anexo, la Universidad asume las condiciones establecidas en el
mencionado convenio y su cumplimiento en los términos estipulados en las
correspondientes cláusulas reguladoras.
De acuerdo con el Plan de Estudios, la realización de prácticas académicas externas
tendrá una equivalencia de XX créditos.
1. Para la realización de las prácticas curriculares será necesario estar matriculado
en la mencionada actividad formativa.

cve: BOE-A-2024-19656
Verificable en https://www.boe.es

Grado/Máster Universitario en ……………………………………………………………...
(Especificar el Grado o Máster Universitario concreto).