II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19612)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plazas de personal laboral de la categoría de Titulado/a Medio/a.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 119656

de los requisitos exigidos en la Base Segunda, y la documentación original acreditativa
de los méritos indicados en la Base Octava. 10, que se relacionan a continuación:
– Original del Documento Nacional de Identidad o equivalente y, en su caso, de la
demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los
requisitos de edad y nacionalidad.
– Original de la titulación exigida en la Base Segunda de esta Convocatoria.
– Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español,
declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impidan en su Estado el acceso a la Función Pública.
– Original de la documentación acreditativa de los méritos.
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán formalizar contrato y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
Quienes, ya ostenten la condición de trabajadores laborales fijos (de las
Universidades Públicas de Madrid) estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior puesto.
Décima. Adjudicación de puestos.
La adjudicación de los puestos a las personas que superen el proceso selectivo se
efectuará de acuerdo con la puntuación obtenida, según la petición de destino, a la vista
de los puestos de trabajo vacantes que se oferten.
Para las personas aspirantes por el sistema de concurso-oposición de promoción
interna la adjudicación de puestos de trabajo se efectuará según el orden de puntuación
obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúna los requisitos exigidos para el
puesto. En los diez días siguientes a la adjudicación de destino, podrá renunciar al
puesto si, a la vista del mismo, no se adecuara a sus intereses. En este caso, se pasará
a la persona candidata siguiente, en el orden de prelación resultante del proceso
selectivo, y así sucesivamente.
No existiendo personas candidatas del turno de promoción interna que hayan
superado el proceso o habiendo renunciado los que hubiesen obtenido plaza en los
términos del párrafo anterior y no existiendo otras aprobadas del turno de promoción
interna, los puestos se adjudicarán a las personas candidatas del turno libre según el
orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos
exigidos para el puesto.
Undécima. Formalización del contrato y adquisición de la condición de personal
técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo.
Una vez comprobado que las personas que han superado el proceso reúnen los
requisitos establecidos en la Base Segunda de la presente convocatoria, la Gerencia
dictará resolución con la relación definitiva de personas que han superado el proceso,
que será publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con expresión de la
plaza adjudicada.
Contra dicha resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante la Gerencia de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde su
publicación en la página web y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica o bien
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante
los Juzgados de lo contencioso-administrativo. En caso de interponer recurso de

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Núm. 236