III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-19654)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Real Federación Española de Gimnasia, para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo transitorio de la oferta formativa 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119933
Actuando ambas partes en el ejercicio de las competencias que respectivamente
tienen atribuidas y reconociéndose plena capacidad jurídica, en representación de los
organismos por cuya cuenta actúan,
EXPONEN
I. El CSD es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes de acuerdo a lo establecido en el artículo 1.4 del Real
Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, que tiene como
competencias reconocidas en el artículo 8.4 z) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio,
por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, la de gestionar los
centros de titularidad estatal que impartan las enseñanzas deportivas de grado superior
a distancia en todo el territorio nacional y colaborar con otras entidades para fomentar la
creación y el desarrollo de centros que impartan este tipo de enseñanzas.
II. El Centro Superior de Enseñanzas Deportivas (CESED) es un centro docente de
titularidad pública, sin personalidad jurídica propia, que está adscrito al CSD, a través de
la Dirección General de Deportes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.2 del
Real Decreto 950/2015, de 23 de octubre, por el que se crea el Centro Superior de
Enseñanzas Deportivas y se establece su estructura y funcionamiento (RD 950/2015).
El CESED está inscrito en el Registro estatal de centros docentes no universitarios
regulado en el Real Decreto 276/2003, de 7 de marzo, por el que se establece el
Registro estatal de centros docentes no universitarios, con el apunte registral/código:
28077105.
Que el RD 950/2015, en su artículo 4 determina que el CESED está autorizado por el
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para impartir, entre otras, el
Bloque Común de las actividades de formación deportiva reguladas de acuerdo con la
disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que
se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
Así mismo establece que para la gestión de la oferta formativa del CESED, la
Presidencia del Consejo Superior de Deportes podrá firmar convenios con las
federaciones deportivas españolas de las correspondientes modalidades deportivas.
Que el artículo 8 del citado real decreto determina que el alumnado participante en la
oferta formativa académica y no académica del CESED contribuirá al coste de esta
mediante el abono de los precios que se determinen. Estos precios tendrán la
consideración de precios públicos, a los efectos de lo dispuesto en la Ley 8/1989, de 13
de abril, de Tasas y Precios Públicos del Estado.
III. La RFEG es una entidad privada que ejerce una serie de funciones públicas,
bajo la coordinación y tutela del Consejo Superior de Deportes, conforme a lo previsto en
el artículo 43 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, y conforme al
artículo 3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones
Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas.
Que la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, atribuye a las federaciones
deportivas españolas, entre otras, la función de colaborar con la Administración del
Estado y la de las Comunidades Autónomas en la formación de los técnicos deportivos, y
que ésta se ejercerá bajo la coordinación y tutela del CSD.
IV. Que la RFEG, tiene entre sus funciones, a través de su Escuela Nacional de
Gimnasia, colaborar con la Administración General del Estado y de las Comunidades
Autónomas en la formación de técnicos deportivos y en el desarrollo de la investigación y
la enseñanza la modalidad y especialidades reconocidas por el CSD.
V. El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, que establece la ordenación
general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, expone en su disposición
transitoria primera que hasta la implantación efectiva de las enseñanzas de una
determinada modalidad o especialidad deportiva, las formaciones que sean promovidas,
entre otros, por las federaciones deportivas españolas y autonómicas, estarán sujetas a
cve: BOE-A-2024-19654
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119933
Actuando ambas partes en el ejercicio de las competencias que respectivamente
tienen atribuidas y reconociéndose plena capacidad jurídica, en representación de los
organismos por cuya cuenta actúan,
EXPONEN
I. El CSD es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes de acuerdo a lo establecido en el artículo 1.4 del Real
Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, que tiene como
competencias reconocidas en el artículo 8.4 z) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio,
por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, la de gestionar los
centros de titularidad estatal que impartan las enseñanzas deportivas de grado superior
a distancia en todo el territorio nacional y colaborar con otras entidades para fomentar la
creación y el desarrollo de centros que impartan este tipo de enseñanzas.
II. El Centro Superior de Enseñanzas Deportivas (CESED) es un centro docente de
titularidad pública, sin personalidad jurídica propia, que está adscrito al CSD, a través de
la Dirección General de Deportes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.2 del
Real Decreto 950/2015, de 23 de octubre, por el que se crea el Centro Superior de
Enseñanzas Deportivas y se establece su estructura y funcionamiento (RD 950/2015).
El CESED está inscrito en el Registro estatal de centros docentes no universitarios
regulado en el Real Decreto 276/2003, de 7 de marzo, por el que se establece el
Registro estatal de centros docentes no universitarios, con el apunte registral/código:
28077105.
Que el RD 950/2015, en su artículo 4 determina que el CESED está autorizado por el
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para impartir, entre otras, el
Bloque Común de las actividades de formación deportiva reguladas de acuerdo con la
disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que
se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
Así mismo establece que para la gestión de la oferta formativa del CESED, la
Presidencia del Consejo Superior de Deportes podrá firmar convenios con las
federaciones deportivas españolas de las correspondientes modalidades deportivas.
Que el artículo 8 del citado real decreto determina que el alumnado participante en la
oferta formativa académica y no académica del CESED contribuirá al coste de esta
mediante el abono de los precios que se determinen. Estos precios tendrán la
consideración de precios públicos, a los efectos de lo dispuesto en la Ley 8/1989, de 13
de abril, de Tasas y Precios Públicos del Estado.
III. La RFEG es una entidad privada que ejerce una serie de funciones públicas,
bajo la coordinación y tutela del Consejo Superior de Deportes, conforme a lo previsto en
el artículo 43 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, y conforme al
artículo 3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones
Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas.
Que la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, atribuye a las federaciones
deportivas españolas, entre otras, la función de colaborar con la Administración del
Estado y la de las Comunidades Autónomas en la formación de los técnicos deportivos, y
que ésta se ejercerá bajo la coordinación y tutela del CSD.
IV. Que la RFEG, tiene entre sus funciones, a través de su Escuela Nacional de
Gimnasia, colaborar con la Administración General del Estado y de las Comunidades
Autónomas en la formación de técnicos deportivos y en el desarrollo de la investigación y
la enseñanza la modalidad y especialidades reconocidas por el CSD.
V. El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, que establece la ordenación
general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, expone en su disposición
transitoria primera que hasta la implantación efectiva de las enseñanzas de una
determinada modalidad o especialidad deportiva, las formaciones que sean promovidas,
entre otros, por las federaciones deportivas españolas y autonómicas, estarán sujetas a
cve: BOE-A-2024-19654
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 236