II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19607)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral, Grupo IV, Nivel B.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 119572
1.6 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso.
El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en la base sexta de la presente
convocatoria.
1.7 El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el anexo I
de esta convocatoria.
Segunda.
Requisitos de los candidatos.
Para ser admitidos en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir, el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener durante todo el proceso
selectivo, los siguientes requisitos:
2.1
Nacionalidad.
2.1.1 Tener la nacionalidad española.
2.1.2 También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles, con
excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una
participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en los apartados c) y d), deberán acompañar a su solicitud,
documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.2 Edad: Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
2.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.4 Habilitación: No haber sido separado de cualquiera de las Administraciones
Públicas mediante expediente o despido disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el
desempeño de sus funciones, por resolución judicial.
En caso de ser nacional de otro Estado, deberá acreditar igualmente no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
2.5 Titulación: Los participantes, deberán estar en posesión o en condiciones de
obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, se estará a lo dispuesto en
la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen
equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de
Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada
mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
cve: BOE-A-2024-19607
Verificable en https://www.boe.es
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
d) Las personas no incluidas en los apartados anteriores y que se encuentren en
España en situación de legalidad, siendo titulares de documento que les habilite a residir
y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral, quienes se encuentren en
situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización
para residir y trabajar, así como los refugiados.
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 119572
1.6 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso.
El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en la base sexta de la presente
convocatoria.
1.7 El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el anexo I
de esta convocatoria.
Segunda.
Requisitos de los candidatos.
Para ser admitidos en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir, el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener durante todo el proceso
selectivo, los siguientes requisitos:
2.1
Nacionalidad.
2.1.1 Tener la nacionalidad española.
2.1.2 También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles, con
excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una
participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en los apartados c) y d), deberán acompañar a su solicitud,
documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.2 Edad: Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
2.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.4 Habilitación: No haber sido separado de cualquiera de las Administraciones
Públicas mediante expediente o despido disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el
desempeño de sus funciones, por resolución judicial.
En caso de ser nacional de otro Estado, deberá acreditar igualmente no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
2.5 Titulación: Los participantes, deberán estar en posesión o en condiciones de
obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, se estará a lo dispuesto en
la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen
equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de
Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada
mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
cve: BOE-A-2024-19607
Verificable en https://www.boe.es
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
d) Las personas no incluidas en los apartados anteriores y que se encuentren en
España en situación de legalidad, siendo titulares de documento que les habilite a residir
y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral, quienes se encuentren en
situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización
para residir y trabajar, así como los refugiados.