III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-19672)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Mahou, SA, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Lunes 30 de septiembre de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
19672

Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Mahou, SA,
para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes
de postgrado.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y Mahou, SA han suscrito, con
fecha 19 de septiembre de 2024, un convenio para que los alumnos de los programas de
postgrado de la UIMP puedan realizar en dicha entidad sus prácticas académicas
externas, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo a esta resolución.
Madrid, 19 de septiembre de 2024.–El Rector de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., P.D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Rafael
Álvarez Luque.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y Mahou, SA,
para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de
postgrado de la UIMP
REUNIDOS
De una parte, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante UIMP) (entidad con
NIF Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su
condición de rector magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por
Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y, de otra parte, don Antonio Francisco Mercado Nieto, representante legal de
Mahou, SA (entidad con NIF A28078202 y domicilio social en la calle Titán, 15, 28045
Madrid) en su condición de Director de Servicios Fiscales y haciendo uso de los poderes
otorgados ante el notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, don Ignacio Ramos
Covarrubias, mediante escritura de fecha 15 de junio de 2012 y número de
protocolo 1830, poderes que declara no le han sido revocados, ni disminuidos.

I. Que la UIMP, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la
actualidad por el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado
por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, está adscrita al Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades de España y tiene personalidad jurídica y patrimonio propios.
Que la UIMP, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, es un centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de
distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura
y la ciencia, fomentar las relaciones de intercambio e información científica y cultural de

cve: BOE-A-2024-19672
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