III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19663)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Explotación temporal de la batería de pozos de sequía de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., en el acuífero Vega Media y Baja del Segura, sectores Vega Media y Vega Baja».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 120027
El EsIA ha evaluado las repercusiones sobre este espacio de la Red Natura 2000
basándose en datos del seguimiento realizado durante el último periodo de explotación
de la BES Vega Baja, indicando que los resultados del seguimiento de 2018-2019
muestran que el nivel de la lámina de agua presenta oscilaciones a largo de todo el
proceso de explotación, e incluso una vez parados los sondeos, por lo que no puede
confirmar que la explotación de los sondeos haya afectado al nivel del humedal.
Además, los EsIA indican que durante los anteriores períodos de explotación de la BES
no se registraron variaciones significativas de cota en el piezómetro El Albergue-Laguna
del Hondo, designado para controlar la descarga de la demanda ambiental del humedal,
y por tanto tampoco espera variaciones para el presente proyecto. Basándose en el
citado seguimiento, el EsIA concluye para ambos proyectos que los estudios previos
demuestran que el nivel del humedal ha sufrido oscilaciones a lo largo de los diferentes
periodos de extracción, sin que en ningún caso se haya podido establecer una relación
directa con la explotación de la BES. No prevé reducción alguna en las dimensiones del
medio acuático que puedan ser imputables a la explotación de los pozos de las BES en
el acuífero Vega Media y Baja del Segura y, por ello, no considera que produzcan
afección sobre la fauna.
Los datos históricos del piezómetro Albergue-Laguna del Hondo de la Diputación
Provincial de Alicante corroboraran esta afirmación, mostrando que la cota piezométrica
apenas ha variado menos de 0,5 m durante los periodos de explotación
temporal 2006-2009 y 2015-2019, manteniéndose en torno a la cota 9,5 m.s.n.m.
El EsIA propone un umbral a cota piezométrica de 5 m.s.n.m. para el acuífero
profundo en el entorno de las charcas perimetrales de la zona norte de la Laguna del
Hondo, para garantizar que se mantiene la fracción de descarga subterránea necesaria
para cubrir la demanda ambiental del sistema de humedales de El Hondo. Para ello,
propone la realización de mediciones periódicas en piezómetro Albergue-Laguna del
Hondo.
El órgano ambiental considera que, teniendo en cuenta los datos históricos del
piezómetro Albergue-Laguna del Hondo anteriormente mencionados, el establecimiento
del umbral piezométrico de 5 m.s.n.m no es coherente con los niveles piezométricos
observados durante las sequías del 2005-2009 y del 2017-2019, en que dicho
piezómetro no ha descendido de los 9 m.s.n.m., no garantizándose que se mantenga la
descarga subterránea necesaria para cubrir la demanda ambiental de El Hondo. Por ello,
se incluye una determinación a este respecto en el apartado de condiciones de la
presente resolución.
El Servicio de Gestión de Espacios Naturales Protegidos de la Dirección General del
Medio Natural y Animal de la Generalitat Valenciana informa que las escalas
limnimétricas seleccionadas en periodos de vigilancia anteriores como referencia de la
lámina de agua, ubicadas en la Charca Norte y en El Rincón no reflejan la descarga del
acuífero en el sistema al estar muy influidas por los retornos de los cultivos en regadío.
Considera que es primordial la instalación de un sistema de control y vigilancia previo a
la aprobación del plan de bombeo y puesta en marcha del proyecto de explotación de los
pozos de sequía. Concluye que, de lo expuesto en el EsIA, tanto por la casuística habida
en ocasiones anteriores de uso de la BES, como por la condición de que los pozos a
emplear se alimentarán del acuífero profundo «Vega Media y Baja del Segura», junto con
las medidas de control y seguimiento expuestas, en principio no se van a ver afectados
los humedales. Por contra, considera que para el Parque Natural El Hondo es necesaria
la creación de una comisión o grupo de trabajo entre la Confederación Hidrográfica del
Segura y la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio de la
Generalitat Valenciana con el objeto de analizar y determinar correctamente la demanda
hídrica ambiental de dicho humedal, determinar sus fuentes, buscar soluciones a sus
problemas hídricos y realizar un seguimiento adecuado.
Dada la complejidad y potencial gravedad de algunos de los impactos asociados a
este proyecto, incluidos sus efectos sobre la Laguna del Hondo, así como la diversidad
de administraciones afectadas, este órgano ambiental considera necesario establecer
cve: BOE-A-2024-19663
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 236
Lunes 30 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 120027
El EsIA ha evaluado las repercusiones sobre este espacio de la Red Natura 2000
basándose en datos del seguimiento realizado durante el último periodo de explotación
de la BES Vega Baja, indicando que los resultados del seguimiento de 2018-2019
muestran que el nivel de la lámina de agua presenta oscilaciones a largo de todo el
proceso de explotación, e incluso una vez parados los sondeos, por lo que no puede
confirmar que la explotación de los sondeos haya afectado al nivel del humedal.
Además, los EsIA indican que durante los anteriores períodos de explotación de la BES
no se registraron variaciones significativas de cota en el piezómetro El Albergue-Laguna
del Hondo, designado para controlar la descarga de la demanda ambiental del humedal,
y por tanto tampoco espera variaciones para el presente proyecto. Basándose en el
citado seguimiento, el EsIA concluye para ambos proyectos que los estudios previos
demuestran que el nivel del humedal ha sufrido oscilaciones a lo largo de los diferentes
periodos de extracción, sin que en ningún caso se haya podido establecer una relación
directa con la explotación de la BES. No prevé reducción alguna en las dimensiones del
medio acuático que puedan ser imputables a la explotación de los pozos de las BES en
el acuífero Vega Media y Baja del Segura y, por ello, no considera que produzcan
afección sobre la fauna.
Los datos históricos del piezómetro Albergue-Laguna del Hondo de la Diputación
Provincial de Alicante corroboraran esta afirmación, mostrando que la cota piezométrica
apenas ha variado menos de 0,5 m durante los periodos de explotación
temporal 2006-2009 y 2015-2019, manteniéndose en torno a la cota 9,5 m.s.n.m.
El EsIA propone un umbral a cota piezométrica de 5 m.s.n.m. para el acuífero
profundo en el entorno de las charcas perimetrales de la zona norte de la Laguna del
Hondo, para garantizar que se mantiene la fracción de descarga subterránea necesaria
para cubrir la demanda ambiental del sistema de humedales de El Hondo. Para ello,
propone la realización de mediciones periódicas en piezómetro Albergue-Laguna del
Hondo.
El órgano ambiental considera que, teniendo en cuenta los datos históricos del
piezómetro Albergue-Laguna del Hondo anteriormente mencionados, el establecimiento
del umbral piezométrico de 5 m.s.n.m no es coherente con los niveles piezométricos
observados durante las sequías del 2005-2009 y del 2017-2019, en que dicho
piezómetro no ha descendido de los 9 m.s.n.m., no garantizándose que se mantenga la
descarga subterránea necesaria para cubrir la demanda ambiental de El Hondo. Por ello,
se incluye una determinación a este respecto en el apartado de condiciones de la
presente resolución.
El Servicio de Gestión de Espacios Naturales Protegidos de la Dirección General del
Medio Natural y Animal de la Generalitat Valenciana informa que las escalas
limnimétricas seleccionadas en periodos de vigilancia anteriores como referencia de la
lámina de agua, ubicadas en la Charca Norte y en El Rincón no reflejan la descarga del
acuífero en el sistema al estar muy influidas por los retornos de los cultivos en regadío.
Considera que es primordial la instalación de un sistema de control y vigilancia previo a
la aprobación del plan de bombeo y puesta en marcha del proyecto de explotación de los
pozos de sequía. Concluye que, de lo expuesto en el EsIA, tanto por la casuística habida
en ocasiones anteriores de uso de la BES, como por la condición de que los pozos a
emplear se alimentarán del acuífero profundo «Vega Media y Baja del Segura», junto con
las medidas de control y seguimiento expuestas, en principio no se van a ver afectados
los humedales. Por contra, considera que para el Parque Natural El Hondo es necesaria
la creación de una comisión o grupo de trabajo entre la Confederación Hidrográfica del
Segura y la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio de la
Generalitat Valenciana con el objeto de analizar y determinar correctamente la demanda
hídrica ambiental de dicho humedal, determinar sus fuentes, buscar soluciones a sus
problemas hídricos y realizar un seguimiento adecuado.
Dada la complejidad y potencial gravedad de algunos de los impactos asociados a
este proyecto, incluidos sus efectos sobre la Laguna del Hondo, así como la diversidad
de administraciones afectadas, este órgano ambiental considera necesario establecer
cve: BOE-A-2024-19663
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 236