II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Inspección de los Servicios. Cursos. (BOE-A-2024-19500)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 9 de septiembre de 2024, conjunta de las Subsecretarías de Hacienda y de Economía, Comercio y Empresa, por la que se convoca el noveno Curso de Inspección de los Servicios de Economía y Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 119198

ANEXO I
Baremo para la valoración de los méritos para la admisión al curso
1. Por cada año al servicio de la Administración Pública en cuerpos o escalas del
grupo A, subgrupo A1 a partir de cinco años:
– Con grado personal: 26, 27, 28: 0,3 puntos por año.
– Con grado personal: 29 y 30: 0,5 puntos por año.
Límite máximo de 2 puntos.
2. Por puestos de trabajo de especial responsabilidad desempeñados en los
últimos diez años en los ámbitos de actuación de los Inspectores de los Servicios de
Economía y Hacienda (Hacienda, Economía, Comercio y actividades auxiliares de dichas
áreas realizadas en los referidos ámbitos de actuación) según la siguiente valoración:
– Alto cargo: 0,5 puntos por año.
– Subdirector/a general: 0,3 puntos por año.
– Nivel 29 y 30 distinto a subdirector/a general: 0,2 puntos por año.
– Desempeño durante, al menos, dos años de puestos en UE u organismos
Internacionales en el ámbito de Hacienda, Economía y Comercio: 0,2 puntos por año.
Límite máximo de 5 puntos.
3. Por tener competencias y conocimientos especializados en las materias
financieras, económicas, tributarias y de informática propias de las competencias de los
Ministerios de Hacienda, y de Economía, Comercio y Empresa debidamente acreditadas
por haber desempeñado puestos en los mismos, en los cinco años anteriores, según la
siguiente valoración:
– Alto cargo: 1,2 puntos por año.
– Subdirector/a General: 1 punto por año.
– Nivel 29 y 30 distinto a Subdirector/a General: 0,8 puntos por año.
– Curso recibido de más de 60 horas sobre materias de Hacienda, Economía,
Comercio (al menos uno): 0,5 puntos.
Límite máximo de 6 puntos.
4. Por cada título superior de Facultad Universitaria o Escuela Técnica Superior
Universitaria distinto al acreditado para el acceso al cuerpo o escala de pertenencia, o
por cada título de Doctor Universitario según la siguiente valoración:
– Título de Grado: 1 punto por título.
– Título de Máster: 1,5 punto por título.
– Título de Doctorado: 2 punto por título.
Límite máximo de 2 puntos.
5. Por cursos de formación o perfeccionamiento impartidos en los últimos diez años
sobre las materias relacionadas en el anexo II de la presente resolución, las materias
sobre las que versarán las Memorias, relacionadas en el epígrafe 2.2 del apartado
primero de la Orden de 23 de junio de 1989, por la que se establece una nueva
regulación de los cursos de Inspección de los Servicios del Ministerio de Economía y
Hacienda y modificada por la Orden del Ministerio de la Presidencia, de 27 de agosto
de 1993 y otras materias relacionadas con el ejercicio de la función de Inspección de los

cve: BOE-A-2024-19500
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Núm. 235