III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-19566)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, para la organización conjunta de dos ciclos musicales: «Salamanca Barroca» y «Salamanca Jazz», y varias actividades educativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Sábado 28 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119370
Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que
pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio en el seno de la
Comisión de Seguimiento.
Duodécima.
Interpretación y resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan
surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse
del presente convenio se resolverán entre las partes en el seno de la Comisión de
Seguimiento, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un
acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones
litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Decimotercera.
Información al ciudadano.
En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en
el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.
Decimocuarta.
Protección de datos de carácter personal.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de
carácter personal que figuran en este convenio serán tratados por el INAEM e
incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es
la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que
es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del convenio o protocolo y en
su ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus
datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan,
ante el INAEM, en plaza del Rey, n.º 1, CP 28004, Madrid, o a través de la sede
electrónica www.cultura.gob.es.
Decimoquinta.
Competencias.
Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
cve: BOE-A-2024-19566
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio.–En representación del
INAEM, la Directora General, María Paz Santa-Cecilia Aristu.–En representación de la
USAL, el Rector Magnífico, Juan Manuel Corchado Rodríguez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 235
Sábado 28 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 119370
Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que
pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio en el seno de la
Comisión de Seguimiento.
Duodécima.
Interpretación y resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan
surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse
del presente convenio se resolverán entre las partes en el seno de la Comisión de
Seguimiento, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un
acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones
litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Decimotercera.
Información al ciudadano.
En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en
el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.
Decimocuarta.
Protección de datos de carácter personal.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de
carácter personal que figuran en este convenio serán tratados por el INAEM e
incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es
la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que
es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del convenio o protocolo y en
su ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus
datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan,
ante el INAEM, en plaza del Rey, n.º 1, CP 28004, Madrid, o a través de la sede
electrónica www.cultura.gob.es.
Decimoquinta.
Competencias.
Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
cve: BOE-A-2024-19566
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio.–En representación del
INAEM, la Directora General, María Paz Santa-Cecilia Aristu.–En representación de la
USAL, el Rector Magnífico, Juan Manuel Corchado Rodríguez.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X