V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. (BOE-B-2024-34478)
Extracto de la Resolución de 26 de septiembre de 2024, del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por la que se hace pública la Convocatoria 2024 de los Premios Activistas por el futuro: una España mejor con la Agenda 2030 para el reconocimiento de actuaciones y buenas prácticas para la aplicación de la Agenda 2030.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de septiembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 53509

Cada entidad sólo podrá proponer una candidatura en una de las cuatro
categorías recogidas en el apartado segundo.
3. De conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
solicitudes deberán ser presentadas a través de la aplicación ACCEDA de la sede
electrónica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 https://
consumo.sede.gob.es/ a través de la sección "Procedimientos", subsección
"Derechos Sociales Agenda 2030", "Procedimiento Premios activistas por el
futuro". El acceso directo a ACCEDA se proporcionará en la web del Ministerio de
Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 (https://
www.mdsocialesa2030.gob.es/agenda2030/premios-activistas-futuro.htm)
Excepcionalmente, en caso de tener incidencias informáticas con la aplicación
ACCEDA, podrán aportar la documentación a través Registro Electrónico Común
(https://reg.redsara.es/) dirigidas a la Dirección General de Agenda 2030 (código
E05079801), con el asunto "Premios 2024 de Agenda 2030", remitiendo los anexos
como adjuntos.
4. En virtud de los artículos 5.4 y 7 de las bases reguladoras deberá
presentarse la siguiente documentación firmada electrónicamente:
- Anexo I: Memoria de candidatura. Deberá ser firmado electrónicamente por el
representante legal de la entidad que solicite la candidatura de la entidad
propuesta para el premio.
- Anexo II: Autorización de presentación de candidatura y Autorización para
que el órgano instructor de la convocatoria de premios recabe, por medios
electrónicos, datos necesarios para poder ser beneficiario de los premios.
Documento en el que la entidad candidata al premio presta su consentimiento para
que la entidad solicitante presente su candidatura a los Premios, así como la
autorización expresa o la no autorización para que el órgano instructor de la
convocatoria de premios recabe, por medios electrónicos, datos para comprobar
que la entidad candidata se halla al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
En caso de no autorizar al órgano instructor para que recabe la citada
documentación, se deberán presentar los certificados oficiales de la entidad
candidata a ser premiada que identifiquen que se halla al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Certificado de inscripción legal en el registro público correspondiente de la
entidad que solicita la candidatura.
- Certificado de inscripción legal en el registro público correspondiente de la
entidad candidata a ser premiada.
No estarán obligadas a presentar aquellos documentos que ya obren en poder
de la Administración o que hayan sido elaborados por esta, siempre que hagan
constar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados
documentos, de conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 53.1.d) de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Excepcionalmente, si la Dirección General de
Agenda 2030 no pudiera recabar los documentos, podrá solicitar nuevamente a la
entidad solicitante su aportación.

cve: BOE-B-2024-34478
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 235