III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-19455)
Resolución de 22 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, para colaborar en la realización del encuentro «De una vida impuesta a una vida elegida. La desinstitucionalización de los apoyos y los cuidados».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 118984
plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora la
concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, con eficacia
desde la comunicación de dicha resolución al Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
V. En caso de extinción del convenio, tanto por cumplimiento como por resolución,
se procederá a la liquidación de los compromisos financieros de conformidad con lo
recogido en las cláusulas segunda y tercera y lo establecido en el artículo 52 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Décima.
Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del
presente convenio a través de los responsables del seguimiento, vigilancia y control del
convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio
judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en las fechas que se
indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento del
convenio la del último firmante.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., Carlos Andradas Heranz.–La Directora General del Instituto de Mayores y
Servicios Sociales, María Teresa Sancho Castiello.
ANEXO I
El objetivo del encuentro es abordar en profundidad el cambio de modelo de apoyos
y cuidados desde el punto de vista conceptual, de políticas y de implementación de
cambios en las instituciones y el ámbito profesional.
La Estrategia de desinstitucionalización para una buena vida en comunidad es una
iniciativa participativa liderada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030,
que da respuesta a una necesidad, supone pasar del modelo de cuidados basado en la
atención asistencial de personas en instituciones a un modelo de atención comunitaria y
personalizada, donde las personas pueden elegir donde vivir, qué apoyos necesitan y
cómo quieren recibirlos y hacerlo integradas en su comunidad.
El encuentro abordará mediante ponencias y debates las cuestiones centrales del
cambio de modelo de cuidados tanto en nuestro país como en los países de nuestro
entorno y presentando experiencias y alternativas para la desinstitucionalización.
Partiendo del análisis de la realidad actual de los cuidados en España y del cambio
conceptual que implica política, social y profesionalmente, se presentarán experiencias
ya realizadas ajustadas a este modelo de apoyos y cuidados y los retos para el sector
profesional. El encuentro abordará el cambio de modelo desde una perspectiva amplia
considerando tanto a las instituciones públicas y privadas, al sector profesional de los
cuidados, a las familias y personas cuidadoras informales y siempre teniendo en el
centro a la persona que requiere cuidados y apoyos.
El encuentro está abierto a cualquier persona interesada pero enfocado
particularmente a profesionales de los servicios sociales que desarrollan su labor en el
ámbito de las personas mayores o personas en situación de dependencia, personal de
administraciones públicas o entidades privadas o sin ánimo de lucro vinculadas o
interesadas en el tema y estudiantes de disciplinas afines.
cve: BOE-A-2024-19455
Verificable en https://www.boe.es
Descripción y objetivos del encuentro
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 118984
plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora la
concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, con eficacia
desde la comunicación de dicha resolución al Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
V. En caso de extinción del convenio, tanto por cumplimiento como por resolución,
se procederá a la liquidación de los compromisos financieros de conformidad con lo
recogido en las cláusulas segunda y tercera y lo establecido en el artículo 52 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Décima.
Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del
presente convenio a través de los responsables del seguimiento, vigilancia y control del
convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio
judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en las fechas que se
indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento del
convenio la del último firmante.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., Carlos Andradas Heranz.–La Directora General del Instituto de Mayores y
Servicios Sociales, María Teresa Sancho Castiello.
ANEXO I
El objetivo del encuentro es abordar en profundidad el cambio de modelo de apoyos
y cuidados desde el punto de vista conceptual, de políticas y de implementación de
cambios en las instituciones y el ámbito profesional.
La Estrategia de desinstitucionalización para una buena vida en comunidad es una
iniciativa participativa liderada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030,
que da respuesta a una necesidad, supone pasar del modelo de cuidados basado en la
atención asistencial de personas en instituciones a un modelo de atención comunitaria y
personalizada, donde las personas pueden elegir donde vivir, qué apoyos necesitan y
cómo quieren recibirlos y hacerlo integradas en su comunidad.
El encuentro abordará mediante ponencias y debates las cuestiones centrales del
cambio de modelo de cuidados tanto en nuestro país como en los países de nuestro
entorno y presentando experiencias y alternativas para la desinstitucionalización.
Partiendo del análisis de la realidad actual de los cuidados en España y del cambio
conceptual que implica política, social y profesionalmente, se presentarán experiencias
ya realizadas ajustadas a este modelo de apoyos y cuidados y los retos para el sector
profesional. El encuentro abordará el cambio de modelo desde una perspectiva amplia
considerando tanto a las instituciones públicas y privadas, al sector profesional de los
cuidados, a las familias y personas cuidadoras informales y siempre teniendo en el
centro a la persona que requiere cuidados y apoyos.
El encuentro está abierto a cualquier persona interesada pero enfocado
particularmente a profesionales de los servicios sociales que desarrollan su labor en el
ámbito de las personas mayores o personas en situación de dependencia, personal de
administraciones públicas o entidades privadas o sin ánimo de lucro vinculadas o
interesadas en el tema y estudiantes de disciplinas afines.
cve: BOE-A-2024-19455
Verificable en https://www.boe.es
Descripción y objetivos del encuentro