V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. (BOE-B-2024-34111)
Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) de 24 de septiembre de 2024, por la que se convocan ayudas para la protección social de los deportistas de alto nivel y el apoyo a los deportistas que participen en competiciones internacionales representando a España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de septiembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 53046

Subconcepto 18.106.336.48102 "A federaciones deportivas españolas, para
ayudas a deportistas que representen a España en competiciones internacionales
y clubes de deportes colectivos que contribuyen con las FFDDEE en la preparación
de los equipos nacionales", hasta 16.000.000 €, que irán dirigidos a:
Ayudas del Programa "Becas CSD Team España - ADO" hasta 9.400.000 €.
Ayudas para deportistas españoles por resultados deportivos.
Ayudas a deportistas de federaciones unideportivas que tienen integrada en
sus estatutos la especialidad de deporte para personas con discapacidad hasta
2.500.000 €.
Ayudas a deportistas y clubes para desarrollar programas especiales con el
objetivo de mejorar su rendimiento en pruebas de JJOO y JJPP a medio y largo
plazo.
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles a partir
del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la
presente Resolución.
En virtud de lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del LPACAP, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de
la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes (https://sede.csd.gob.es),
concretamente desde el trámite: "688019 - Ayudas para la protección social de los
deportistas alto nivel y para participación en competiciones internacionales" y
deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo
dispuesto en la citada Ley, en todo caso por el Presidente de la Federaciones
Deportivas Españolas o bien por el representante legal autorizado mediante poder
notarial o disposición estatutaria de la respectiva Federaciones Deportivas
Españolas.
Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada,
acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015 y deberá
acompañarse de los documentos y anexos expresados en la convocatoria.
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente
Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola
vez.
La justificación de las ayudas concedidas de acuerdo con la presente
convocatoria se realizará hasta el 31 de marzo del 2025. Esta justificación se hará
conforme con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/
2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD y con lo establecido en la
"Guía", e incluirá los gastos financiados con esta subvención CSD a lo largo del
periodo subvencionable.

cve: BOE-B-2024-34111
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Núm. 234