V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. (BOE-B-2024-34109)
Anuncio de licitación de: Consejo de Seguridad Nuclear. Objeto: Disponer de los servicios de una Unidad Técnica de Protección Radiológica como apoyo técnico a la gestión de emergencias nucleares y radiológicas y al mantenimiento de la instrumentación radiométrica asociada. Expediente: 2024Cd800244.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. V-A. Pág. 53041
11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social.
11.3.6) Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
11.3.7) Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la
legislación española..
11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (se acreditará
mediante el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de
los tres últimos disponibles. El volumen de negocios será igual o superior a
1,5 veces la anualidad media del valor estimado (750.000 €)). Nivel o niveles
mínimos que pueden exigirse: 750000.
11.5) Situación técnica y profesional:
11.5.1) Trabajos realizados (experiencia en la ejecución del mismo tipo o
naturaleza al que corresponde el objeto del contrato que se encuentra
incluido en el código CPV (Vocabulario Común de la Contratación Pública)
71317000-3: servicios de consultoría en protección y control de riesgos.La
experiencia se acreditará mediante la relación de trabajos efectuados por
el ofertante en el curso de los últimos tres años correspondientes al mismo
código CPV en sus dos primeros dígitos y avalados por certificados de
buena ejecución expedidos por las empresas destinatarias de los servicios.
El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual
o superior al 70% de la anualidad media del valor estimado (350.000 €)).
11.5.2) Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o
responsables de la ejecución (la Dirección del equipo de gestión del
contrato deberá disponer del Diploma de Jefatura de un Servicio de
Protección Radiológica o de una Unidad Técnica de Protección
Radiológica según se establece en el apartado tercero de la Instrucción de
Seguridad número IS-03 del CSN.La persona responsable de la
coordinación nacional del servicio deberá disponer de:- Titulación
universitaria: ingeniería superior, licenciatura o grado con master en
carreras científico-técnicas- Estar cualificado como técnico experto en
protección radiológica acreditado mediante certificación según modelo
recogido en el Anexo VI de la IS-03 del CSN, sobre cualificación para
obtener el reconocimiento de experto en protección contra las radiaciones
ionizantes- Experiencia de al menos tres años en actividades directamente
relacionadas con la protección radiológica, en particular con actividades
relacionadas con el control de materiales nucleares y/o radiactivosLa
persona del equipo de gestión responsable del apoyo técnico y al menos
18 componentes del equipo técnico deberán:- Estar cualificados como
técnicos expertos en protección radiológica acreditados mediante
certificación según modelo recogido en el Anexo VI de la IS-03 del CSN,
sobre cualificación para obtener el reconocimiento de experto en
protección contra las radiaciones ionizantes- Experiencia de al menos dos
años en actividades directamente relacionadas con la protección
radiológica).
11.5.3) Otros (- Los licitadores deberán estar autorizados como Unidad
Técnica de Protección Radiológica en al menos cinco ámbitos de
actuación que deberán acreditarse mediante la autorización expedida por
el CSN para cada uno de ellos.- Certificación de calidad correspondiente a
la norma ISO 9000.- Certificación de calidad correspondiente a la norma
ISO 14001).
12. Tipo de procedimiento: Abierto.
17. Condiciones de ejecución del contrato: Consideraciones tipo social (garantizar
la seguridad y la protección de la salud en el lugar de trabajo: deberá
cve: BOE-B-2024-34109
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. V-A. Pág. 53041
11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social.
11.3.6) Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
11.3.7) Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la
legislación española..
11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (se acreditará
mediante el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de
los tres últimos disponibles. El volumen de negocios será igual o superior a
1,5 veces la anualidad media del valor estimado (750.000 €)). Nivel o niveles
mínimos que pueden exigirse: 750000.
11.5) Situación técnica y profesional:
11.5.1) Trabajos realizados (experiencia en la ejecución del mismo tipo o
naturaleza al que corresponde el objeto del contrato que se encuentra
incluido en el código CPV (Vocabulario Común de la Contratación Pública)
71317000-3: servicios de consultoría en protección y control de riesgos.La
experiencia se acreditará mediante la relación de trabajos efectuados por
el ofertante en el curso de los últimos tres años correspondientes al mismo
código CPV en sus dos primeros dígitos y avalados por certificados de
buena ejecución expedidos por las empresas destinatarias de los servicios.
El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual
o superior al 70% de la anualidad media del valor estimado (350.000 €)).
11.5.2) Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o
responsables de la ejecución (la Dirección del equipo de gestión del
contrato deberá disponer del Diploma de Jefatura de un Servicio de
Protección Radiológica o de una Unidad Técnica de Protección
Radiológica según se establece en el apartado tercero de la Instrucción de
Seguridad número IS-03 del CSN.La persona responsable de la
coordinación nacional del servicio deberá disponer de:- Titulación
universitaria: ingeniería superior, licenciatura o grado con master en
carreras científico-técnicas- Estar cualificado como técnico experto en
protección radiológica acreditado mediante certificación según modelo
recogido en el Anexo VI de la IS-03 del CSN, sobre cualificación para
obtener el reconocimiento de experto en protección contra las radiaciones
ionizantes- Experiencia de al menos tres años en actividades directamente
relacionadas con la protección radiológica, en particular con actividades
relacionadas con el control de materiales nucleares y/o radiactivosLa
persona del equipo de gestión responsable del apoyo técnico y al menos
18 componentes del equipo técnico deberán:- Estar cualificados como
técnicos expertos en protección radiológica acreditados mediante
certificación según modelo recogido en el Anexo VI de la IS-03 del CSN,
sobre cualificación para obtener el reconocimiento de experto en
protección contra las radiaciones ionizantes- Experiencia de al menos dos
años en actividades directamente relacionadas con la protección
radiológica).
11.5.3) Otros (- Los licitadores deberán estar autorizados como Unidad
Técnica de Protección Radiológica en al menos cinco ámbitos de
actuación que deberán acreditarse mediante la autorización expedida por
el CSN para cada uno de ellos.- Certificación de calidad correspondiente a
la norma ISO 9000.- Certificación de calidad correspondiente a la norma
ISO 14001).
12. Tipo de procedimiento: Abierto.
17. Condiciones de ejecución del contrato: Consideraciones tipo social (garantizar
la seguridad y la protección de la salud en el lugar de trabajo: deberá
cve: BOE-B-2024-34109
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 234