V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-34137)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. de Información Pública sobre Cánones de regulación de los aprovechamientos con aguas procedentes de los ríos Segura, Mundo y Quípar para el año 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 53097
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
34137
Anuncio de la Confe de ración Hidrográfica de l Se gura, O.A. de
Información Pública sobre Cánone s de re gulación de los
aprovechamientos con aguas procedentes de los ríos Segura, Mundo y
Quípar para el año 2025.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la vigente Ley de Aguas
y artículos concordantes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, esta
Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. ha elaborado el estudio económico
del canon de regulación de los aprovechamientos con aguas procedentes de los
ríos Segura, Mundo y Quípar para el año 2025, una vez cumplidos los trámites
respecto a la participación de los órganos representativos de los usuarios o
beneficiarios en las Juntas de Explotación de las Vegas del Segura, en la reunión
celebrada el día 20 de septiembre de 2024.
Los cánones a aplicar en cada caso son los siguientes:
Regadíos anteriores al año 1933:
Canon: 19,98 euros/ha.
Será aplicable a 40.514 hectáreas.
Regadíos posteriores al año 1933:
Canon: 25,08 euros/ha.
Será aplicable a 26.823 hectáreas.
Zona regable de Hellín:
Canon: 10,12 euros/ha.
Será de aplicación a 3.135 hectáreas.
Abastecimientos:
Canon: 0,018285 euros/m3.
Será de aplicación a 35.505.246 metros cúbicos
Aprovechamientos hidroeléctricos:
Canon: 0,001086 euros/Kwh.
El canon a aplicar a los usuarios está sujeto a las tasas de impuestos que
correspondan en su caso de acuerdo con la legislación vigente al respecto.
Se establece un mínimo de 1,80 Euros por cada liquidación, cuyo valor resulte
inferior a éste.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 302 del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico por un periodo de 15 días, contados a
cve: BOE-B-2024-34137
Verificable en https://www.boe.es
Será de aplicación a 20.504.120 Kilowatios-hora.
Núm. 234
Viernes 27 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 53097
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34137
Anuncio de la Confe de ración Hidrográfica de l Se gura, O.A. de
Información Pública sobre Cánone s de re gulación de los
aprovechamientos con aguas procedentes de los ríos Segura, Mundo y
Quípar para el año 2025.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la vigente Ley de Aguas
y artículos concordantes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, esta
Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. ha elaborado el estudio económico
del canon de regulación de los aprovechamientos con aguas procedentes de los
ríos Segura, Mundo y Quípar para el año 2025, una vez cumplidos los trámites
respecto a la participación de los órganos representativos de los usuarios o
beneficiarios en las Juntas de Explotación de las Vegas del Segura, en la reunión
celebrada el día 20 de septiembre de 2024.
Los cánones a aplicar en cada caso son los siguientes:
Regadíos anteriores al año 1933:
Canon: 19,98 euros/ha.
Será aplicable a 40.514 hectáreas.
Regadíos posteriores al año 1933:
Canon: 25,08 euros/ha.
Será aplicable a 26.823 hectáreas.
Zona regable de Hellín:
Canon: 10,12 euros/ha.
Será de aplicación a 3.135 hectáreas.
Abastecimientos:
Canon: 0,018285 euros/m3.
Será de aplicación a 35.505.246 metros cúbicos
Aprovechamientos hidroeléctricos:
Canon: 0,001086 euros/Kwh.
El canon a aplicar a los usuarios está sujeto a las tasas de impuestos que
correspondan en su caso de acuerdo con la legislación vigente al respecto.
Se establece un mínimo de 1,80 Euros por cada liquidación, cuyo valor resulte
inferior a éste.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 302 del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico por un periodo de 15 días, contados a
cve: BOE-B-2024-34137
Verificable en https://www.boe.es
Será de aplicación a 20.504.120 Kilowatios-hora.