III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-19353)
Resolución 500/38379/2024, de 18 de septiembre, del Estado Mayor de la Defensa, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión al Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», para la realización de actividades de carácter material y técnico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233
Jueves 26 de septiembre de 2024
ser:
Sec. III. Pág. 118206
Equipo de trabajo. El perfil del personal que ejecutará este paquete de trabajo deberá
− Titulado Superior con especialidad dentro del ámbito de las Tecnologías de la
Información y Comunicaciones, con al menos cinco años de experiencia en proyectos
similares en el ámbito del Ministerio de Defensa.
− Técnico Superior con especialidad dentro del ámbito de las Tecnologías de la
Información.
PT 8: Análisis de requisitos y desarrollo de una herramienta para la planificación del
TSDF en el FIR español y el flujo de mensajería relacionado: CTR/R/CTO/R/JCM/JFAR/NC.
Actividades. Los trabajos a realizar incluyen:
PT 8.1: Análisis previo para el desarrollo de la herramienta de acuerdo a los
requisitos que se presenten en las reuniones de trabajo con los interesados.
PT 8.2: Análisis documental de la normativa que desarrolla los procedimientos
operativos Link16 (ATDLP 7.33 y el FCA).
PT 8.3: Informe de actividades.
ser:
Equipo de trabajo. El perfil del personal que ejecutará este paquete de trabajo deberá
− Titulado Superior con especialidad dentro del ámbito de las Tecnologías de la
Información y Comunicaciones, con al menos cinco años de experiencia en proyectos
similares en el ámbito del Ministerio de Defensa.
− Técnico Superior con especialidad dentro del ámbito de las Tecnologías de la
Información.
Condiciones de ejecución de la encomienda
2.1 Condiciones generales. Para la ejecución de la encomienda, INTA se
comprometerá a proporcionar los perfiles mínimos ofertados.
INTA acreditará la idoneidad de la cualificación técnica y de seguridad del personal
encargado de realizar las actividades requeridas y los trabajos específicos de cada una
de ellas.
INTA deberá velar por la existencia de estabilidad en el equipo de trabajo, y que las
variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a causas justificadas.
2.2 Condiciones específicas. Todos los productos generados durante la ejecución de
la encomienda, se entenderán formalmente entregados al Ministerio de Defensa una vez
que éste haya emitido acta y certificado de aceptación de los mismos, del cual deberá
recibir copia el adjudicatario.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de alguno de los puntos contemplados
en el alcance y objeto de la encomienda supondrá motivo suficiente de resolución de la
misma y suspensión de la obligación de pago del mismo por parte del Centro de Gestión
de Enlaces Tácticos (DLMC-ESP MCCE TORREJON-EMAD).
2.3 Plan de Trabajo para la ejecución de las actividades. INTA elaborará y
entregará a la Dirección Técnica de la encomienda, no más tarde de quince días desde
la firma de la encomienda, un Plan de Trabajos en el que se detallarán el alcance de las
actividades de los distintos Paquetes de Trabajo, así como los plazos parciales de
ejecución que se determinen. El alcance de los trabajos se acordará previamente con
dicha Dirección Técnica, siendo ésta la que determine la prioridad de los trabajos
específicos que deban realizarse y la que apruebe en última instancia las modificaciones
al Plan de Trabajo que en su caso sean necesarias.
2.4 Disponibilidad de medios de hardware específicos. Todas aquellas actividades a
desarrollar por INTA que requieran de medios hardware específicos, estarán
condicionadas a disponer en tiempo y forma de dichos medios. Si por algún motivo INTA
cve: BOE-A-2024-19353
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 233
Jueves 26 de septiembre de 2024
ser:
Sec. III. Pág. 118206
Equipo de trabajo. El perfil del personal que ejecutará este paquete de trabajo deberá
− Titulado Superior con especialidad dentro del ámbito de las Tecnologías de la
Información y Comunicaciones, con al menos cinco años de experiencia en proyectos
similares en el ámbito del Ministerio de Defensa.
− Técnico Superior con especialidad dentro del ámbito de las Tecnologías de la
Información.
PT 8: Análisis de requisitos y desarrollo de una herramienta para la planificación del
TSDF en el FIR español y el flujo de mensajería relacionado: CTR/R/CTO/R/JCM/JFAR/NC.
Actividades. Los trabajos a realizar incluyen:
PT 8.1: Análisis previo para el desarrollo de la herramienta de acuerdo a los
requisitos que se presenten en las reuniones de trabajo con los interesados.
PT 8.2: Análisis documental de la normativa que desarrolla los procedimientos
operativos Link16 (ATDLP 7.33 y el FCA).
PT 8.3: Informe de actividades.
ser:
Equipo de trabajo. El perfil del personal que ejecutará este paquete de trabajo deberá
− Titulado Superior con especialidad dentro del ámbito de las Tecnologías de la
Información y Comunicaciones, con al menos cinco años de experiencia en proyectos
similares en el ámbito del Ministerio de Defensa.
− Técnico Superior con especialidad dentro del ámbito de las Tecnologías de la
Información.
Condiciones de ejecución de la encomienda
2.1 Condiciones generales. Para la ejecución de la encomienda, INTA se
comprometerá a proporcionar los perfiles mínimos ofertados.
INTA acreditará la idoneidad de la cualificación técnica y de seguridad del personal
encargado de realizar las actividades requeridas y los trabajos específicos de cada una
de ellas.
INTA deberá velar por la existencia de estabilidad en el equipo de trabajo, y que las
variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a causas justificadas.
2.2 Condiciones específicas. Todos los productos generados durante la ejecución de
la encomienda, se entenderán formalmente entregados al Ministerio de Defensa una vez
que éste haya emitido acta y certificado de aceptación de los mismos, del cual deberá
recibir copia el adjudicatario.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de alguno de los puntos contemplados
en el alcance y objeto de la encomienda supondrá motivo suficiente de resolución de la
misma y suspensión de la obligación de pago del mismo por parte del Centro de Gestión
de Enlaces Tácticos (DLMC-ESP MCCE TORREJON-EMAD).
2.3 Plan de Trabajo para la ejecución de las actividades. INTA elaborará y
entregará a la Dirección Técnica de la encomienda, no más tarde de quince días desde
la firma de la encomienda, un Plan de Trabajos en el que se detallarán el alcance de las
actividades de los distintos Paquetes de Trabajo, así como los plazos parciales de
ejecución que se determinen. El alcance de los trabajos se acordará previamente con
dicha Dirección Técnica, siendo ésta la que determine la prioridad de los trabajos
específicos que deban realizarse y la que apruebe en última instancia las modificaciones
al Plan de Trabajo que en su caso sean necesarias.
2.4 Disponibilidad de medios de hardware específicos. Todas aquellas actividades a
desarrollar por INTA que requieran de medios hardware específicos, estarán
condicionadas a disponer en tiempo y forma de dichos medios. Si por algún motivo INTA
cve: BOE-A-2024-19353
Verificable en https://www.boe.es
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