III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-19378)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Fundación Francisco Luzón, para el proyecto «Observatorio de la ELA: el compromiso de no dejar a nadie atrás».
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Jueves 26 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 118760

de Régimen Jurídico del Sector Público y de la Orden PRA/1267/2017 de 21 de
diciembre por el que se publica el acuerdo del consejo de ministro del 15 de diciembre
de 2017 por el que es aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios.
Quinto.
Que la Fundación Francisco Luzón es una organización independiente, sin ánimo de
lucro y dedicada por completo a la mejora de las condiciones con las que viven los
pacientes con ELA y sus familiares, sujeta a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de
Fundaciones, así como a sus normas de desarrollo y las demás disposiciones legales
vigentes y estatutos, constituida con fecha 10 de febrero de 2016 constando su
inscripción en el Registro de Fundaciones de competencia estatal por resolución de 17
de mayo de 2016, bajo el número de registro 1820EDU.
Que los fines de interés general de la Fundación, según el artículo 6 de sus
estatutos, incluyen el fomento de la investigación científica con especial énfasis en la
esclerosis lateral amiotrófica (comúnmente denominada ELA), a través de la
investigación traslacional y aplicada, así como el impulso de proyectos de asistencia
sanitaria y social en favor de los enfermos aquejados por dicha patología. Para el
cumplimiento de su misión desarrolla cuatro líneas de actuación, a saber:
– Promoción de la investigación científica en ELA.
– Promoción de un modelo integral e intersectorial que ponga en el centro a los
enfermos y mejore su calidad de vida.
– Incidencia y mejora de las políticas públicas con impacto en la ELA.
– Divulgación y concienciación, ofreciendo información sobre la realidad de la
atención sociosanitaria para que la sociedad conozca y entienda la dureza de esta
enfermedad.
Sexto.
Que el RPD y la Fundación Francisco Luzón reconocen que la realización de
actividades conjuntas facilita la inclusión social de las personas con discapacidad y actúa
como medio de concienciar a la sociedad, lo que favorece que la inclusión social de
estas personas sea real y efectiva.
Este convenio es uno de los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente,
sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.
Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el RPD y la Fundación
Francisco Luzón para la realización del Proyecto «Observatorio de la ELA: el
compromiso de no dejar a nadie atrás», se realizará en Madrid a lo largo del año 2024,
cuyo desarrollo contribuirá a dar cumplimiento al estatuto del RPD y a la Convención
Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La descripción,
objetivos y alcance del proyecto se detallan en el anexo 1.

cve: BOE-A-2024-19378
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto.