V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. (BOE-B-2024-34046)
Extracto de la resolución de 24 de septiembre de 2024 de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales por la que se determina el crédito disponible a distribuir en la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales publicada por resolución de 14 de mayo de 2024
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Jueves 26 de septiembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 52915

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030

34046

Extracto de la resolución de 24 de septiembre de 2024 de la Secretaría
de Estado de Derechos Sociales por la que se determina el crédito
disponible a distribuir e n la convocatoria de subve ncione s para la
realización de actividades de interés general consideradas de interés
social, corre spondie nte s a la Se cre taría de Estado de De re chos
Sociale s publicada por re solución de 14 de mayo de 2024

BDNS(Identif.):761133
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
761133)
Primero. Crédito.
El crédito ampliable consignado en los Presupuestos Generales del Estado con
un importe de 1.000.685,53 euros, que se señalaba en el apartado primero de la
resolución de 14 de mayo de 2024 de la Secretaría de Estado de Derechos
Sociales (extracto en BOE núm. 120, de 17 de mayo de 2024), se incrementa
finalmente en 82.691.482,21 euros, por lo que el crédito a distribuir en la
convocatoria asciende a 83.692.167,74 euros
Segundo. Presentación de solicitudes.
La publicación del crédito destinado a la convocatoria que se hace mediante
esta resolución no supone la apertura de plazo para la presentación de nuevas
solicitudes de subvención, ni tampoco el inicio de un nuevo cómputo de plazo para
la resolución de la convocatoria.
Tercero. Entrada en vigor.
Dicha resolución entrará en vigor el día siguiente al de la publicación de este
extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 24 de septiembre de 2024.- Rosa María Martínez Rodríguez,
Secretaria de Estado de Derechos Sociales.

cve: BOE-B-2024-34046
Verificable en https://www.boe.es

ID: A240042962-1

https://www.boe.es

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X