V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-34019)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre Resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción: "Actuaciones para el desarrollo del Plan de Acción contra el Ruido fase II en la autovía A-1. P.k. 12+900 a 17+200. Provincia de Madrid" de clave 39-M-15110.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 52863
1.5. Previamente a la ejecución de la pantalla PP-A1-14.25_MI-2(2), se contará
con la autorización del Ayuntamiento de Alcobendas en el tramo dentro de la
parcela con referencia catastral 4965813VK4846S, debido a su implantación en
zona de cesión municipal.
1.6. Se protegerán las Bandas de Infraestructura del Agua (BIA) y las Franjas
de Protección (FP) en las zonas de posibles cruzamientos y paralelismos.
1.7. Se garantizará la integridad de las infraestructuras del Canal de Isabel II
obteniendo la conformidad técnica para la ejecución de las obras proyectadas.
1.8. Respecto a Madrileña Red de Gas:
1.8.1. Será de aplicación el Real Decreto 919/2006 de 28 de julio por el que se
aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles
gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC) I.C.G. 01 a 11.
1.8.2. Antes del inicio de las obras se informará a Madrileña Red de Gas para
realizar el seguimiento de estas: correo electrónico ssttmrg@madrilena.es y
teléfono 91 589 97 60.
1.9. Previamente a la ejecución de cada reposición proyectada, se solicitará la
conformidad del organismo afectado y/o empresa titular respecto a las afecciones
a infraestructuras e instalaciones y todas las reposiciones necesarias, ajustando la
valoración económica actual del proyecto.
2. Dado que en la resolución de aprobación provisional del Proyecto de
Construcción se declaró la urgencia del proyecto a los fines de expropiación de los
bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y en la reposición de
servicios afectados, la presente aprobación definitiva del proyecto de construcción
implica la urgencia a los fines de expropiación, en virtud del artículo 12 de la Ley
37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.
Por consiguiente, en aplicación del artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de Carreteras, se ordena a la Demarcación de Carreteras del Estado
en Madrid la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios
para la ejecución de las obras, teniendo en cuenta, en su caso, lo indicado en el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, modificado por la Ley 11/1996, de
27 de diciembre.
3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid dé traslado
de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid lleve a
cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el
Boletín Oficial del Estado.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la
misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro,
en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo
ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al
cve: BOE-B-2024-34019
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 233
Jueves 26 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 52863
1.5. Previamente a la ejecución de la pantalla PP-A1-14.25_MI-2(2), se contará
con la autorización del Ayuntamiento de Alcobendas en el tramo dentro de la
parcela con referencia catastral 4965813VK4846S, debido a su implantación en
zona de cesión municipal.
1.6. Se protegerán las Bandas de Infraestructura del Agua (BIA) y las Franjas
de Protección (FP) en las zonas de posibles cruzamientos y paralelismos.
1.7. Se garantizará la integridad de las infraestructuras del Canal de Isabel II
obteniendo la conformidad técnica para la ejecución de las obras proyectadas.
1.8. Respecto a Madrileña Red de Gas:
1.8.1. Será de aplicación el Real Decreto 919/2006 de 28 de julio por el que se
aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles
gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC) I.C.G. 01 a 11.
1.8.2. Antes del inicio de las obras se informará a Madrileña Red de Gas para
realizar el seguimiento de estas: correo electrónico ssttmrg@madrilena.es y
teléfono 91 589 97 60.
1.9. Previamente a la ejecución de cada reposición proyectada, se solicitará la
conformidad del organismo afectado y/o empresa titular respecto a las afecciones
a infraestructuras e instalaciones y todas las reposiciones necesarias, ajustando la
valoración económica actual del proyecto.
2. Dado que en la resolución de aprobación provisional del Proyecto de
Construcción se declaró la urgencia del proyecto a los fines de expropiación de los
bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y en la reposición de
servicios afectados, la presente aprobación definitiva del proyecto de construcción
implica la urgencia a los fines de expropiación, en virtud del artículo 12 de la Ley
37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.
Por consiguiente, en aplicación del artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de Carreteras, se ordena a la Demarcación de Carreteras del Estado
en Madrid la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios
para la ejecución de las obras, teniendo en cuenta, en su caso, lo indicado en el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, modificado por la Ley 11/1996, de
27 de diciembre.
3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid dé traslado
de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid lleve a
cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el
Boletín Oficial del Estado.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la
misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro,
en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo
ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al
cve: BOE-B-2024-34019
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 233