II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Destinos. (BOE-A-2024-19199)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 24 de junio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Miércoles 25 de septiembre de 2024

Sec. II.A. Pág. 117343

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
19199

Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
24 de junio de 2024.

Por Resolución de 24 de junio de 2024, BOE de 8 de julio de 2024, se anunció
convocatoria para la provisión por el procedimiento de libre designación, de puestos de
trabajo en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación
que exige el capítulo III del título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Esta Subsecretaría ha dispuesto:
Primero.
Resolver la referida convocatoria adjudicando los puestos de trabajo en los términos
que se señalan en el anexo adjunto.
Segundo.
La toma de posesión de los nuevos destinos se realizará conforme a lo establecido
en el artículo 48 del Reglamento anteriormente citado.
Tercero.

Madrid, 20 de septiembre de 2024.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones, P. D. (Orden ISM/419/2021, de 26 de abril), la Directora del Instituto
Social de la Marina, Elena Martínez Carqués.

cve: BOE-A-2024-19199
Verificable en https://www.boe.es

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1
Segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de
acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.