II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-19219)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
71 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232
Miércoles 25 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 117409
adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la
misma localidad.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de
funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado
el periodo de suspensión.
Tercera.
Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
– Anexo II: Certificado de méritos.
– Anexo III: Solicitud de participación.
– Anexo IV: Puestos solicitados por orden de preferencia.
– Anexo V: Consentimiento para realizar la consulta de verificación de datos de
residencia del familiar dependiente.
– Copia de los cursos de formación recogidos en la convocatoria, debidamente
acreditados, excepto aquellos que aparezcan ya certificados en el anexo II de la
presente resolución.
En el anexo IV de esta convocatoria se relacionarán, por orden de preferencia, los
puestos a los que se opte de los que se incluyen en el anexo I de esta resolución,
siempre que se reúnan los requisitos establecidos para cada puesto de trabajo.
cve: BOE-A-2024-19219
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Subdirección
General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios, ajustándose a los modelos
publicados como anexos a esta resolución, y se presentarán en el plazo de quince días
hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Las instancias se presentarán través del Portal Funcionaen el enlace Funciona
(Recursos Humanos, Mis Servicios de RRHH, SIGP, solicitudes, concursos de méritos):
https://www.funciona.es/magnoliaPublic/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo
imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de
la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación
que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de
la aplicación informática correspondiente.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la
Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su
solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite
esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos
expresamente previstos en esta base.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
Núm. 232
Miércoles 25 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 117409
adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la
misma localidad.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de
funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado
el periodo de suspensión.
Tercera.
Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
– Anexo II: Certificado de méritos.
– Anexo III: Solicitud de participación.
– Anexo IV: Puestos solicitados por orden de preferencia.
– Anexo V: Consentimiento para realizar la consulta de verificación de datos de
residencia del familiar dependiente.
– Copia de los cursos de formación recogidos en la convocatoria, debidamente
acreditados, excepto aquellos que aparezcan ya certificados en el anexo II de la
presente resolución.
En el anexo IV de esta convocatoria se relacionarán, por orden de preferencia, los
puestos a los que se opte de los que se incluyen en el anexo I de esta resolución,
siempre que se reúnan los requisitos establecidos para cada puesto de trabajo.
cve: BOE-A-2024-19219
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Subdirección
General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios, ajustándose a los modelos
publicados como anexos a esta resolución, y se presentarán en el plazo de quince días
hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Las instancias se presentarán través del Portal Funcionaen el enlace Funciona
(Recursos Humanos, Mis Servicios de RRHH, SIGP, solicitudes, concursos de méritos):
https://www.funciona.es/magnoliaPublic/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo
imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de
la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base.
En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación
que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de
la aplicación informática correspondiente.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la
Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su
solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite
esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos
expresamente previstos en esta base.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos: