II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Destinos. (BOE-A-2024-19192)
Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 13 de marzo de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Miércoles 25 de septiembre de 2024

Sec. II.A. Pág. 117328

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
19192

Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por
Resolución de 13 de marzo de 2024.

Por Resolución de 13 de marzo de 2024 (BOE núm. 66, de 15 de marzo de 2024), de
la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación, se anunció
convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de trabajo
en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1 c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la
tramitación que exige el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de
la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
este Ministerio acuerda dar publicidad a la resolución parcial de la convocatoria de
referencia según se detalla en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su publicación
ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su
comunidad (o provincia, en su caso) o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a su
elección, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1 i) y 14.1 segunda de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el
plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó.

cve: BOE-A-2024-19192
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 13 de septiembre de 2024.–El Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación, Xavier Martí Martí.