II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-19085)
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Martes 24 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 116861
Cuarta.
Además de los datos personales y número de registro de personal, los aspirantes
acompañarán junto con la solicitud su curriculum vitae, en el que consten títulos
académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración,
estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y otros méritos que se estime
oportuno poner de manifiesto.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i)
y 14.1.Segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de
acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-19085
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 16 de septiembre de 2024.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones, Cristina Navarro Enterría.
Núm. 231
Martes 24 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 116861
Cuarta.
Además de los datos personales y número de registro de personal, los aspirantes
acompañarán junto con la solicitud su curriculum vitae, en el que consten títulos
académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración,
estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y otros méritos que se estime
oportuno poner de manifiesto.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i)
y 14.1.Segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de
acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-19085
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 16 de septiembre de 2024.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones, Cristina Navarro Enterría.