II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-19087)
Orden TDF/1011/2024, de 19 de septiembre, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas para el acceso por el sistema general de acceso libre a la Subescala de Intervención-Tesorería, de la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, convocadas por Orden TDF/780/2024, de 23 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Martes 24 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 116868

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
19087

Orden TDF/1011/2024, de 19 de septiembre, por la que se aprueba la
relación provisional de personas admitidas y excluidas para el acceso por el
sistema general de acceso libre a la Subescala de Intervención-Tesorería, de
la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter
nacional, convocadas por Orden TDF/780/2024, de 23 de julio.

En cumplimiento de lo dispuesto en la base 12.1 de la Orden TDF/780/2024, de 23
de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso libre a la Subescala
de Intervención-Tesorería, de la Escala de funcionarios de Administración local con
habilitación de carácter nacional (BOE de 26 de julio de 2024) resuelvo:
Primero.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, declarar aprobadas las listas
provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas a las citadas pruebas
selectivas.
La lista provisional de personas aspirantes admitidas, la cual figura como anexo I, se
expondrá, en el Portal de Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/) y en la
sede electrónica del Instituto Nacional de Administración Pública (https://
sede.inap.gob.es).
Segundo.
Publicar, en el «Boletín Oficial del Estado», la relación de personas aspirantes
excluidas a que se refiere el apartado anterior, con indicación de la causa de exclusión,
la cual figura como anexo II de esta orden. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en
el supuesto de producirse la subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes
deberán comprobar no solo que no figuran recogidas en la relación de personas
aspirantes excluidas, sino que además sus nombres constan en la relación de personas
aspirantes admitidas.

Tanto las personas aspirantes excluidas como las omitidas por no figurar en las listas
de personas aspirantes admitidas ni en la de personas aspirantes excluidas disponen de
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de
esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan
motivado su exclusión o la omisión simultánea en las dos listas.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión u
omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Cuarto.
La fecha, hora y lugares concretos de celebración del primer ejercicio se publicarán
en la orden por la que se apruebe la relación definitiva de personas aspirantes admitidas

cve: BOE-A-2024-19087
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Tercero.