V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-33803)
Anuncio de información pública del Servicio de Régimen de Usuarios de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. sobre la tramitación de un procedimiento de extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas subterráneas en el municipio de León( León). Expediente ED-0029/2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Martes 24 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 52414
mantienen conforme a la documentación originariamente aportada. No obstante,
en cuanto al uso de abastecimiento de núcleos urbanos, al ser el consumo
humano un uso puntual se actualiza la numeración catastral de la parcela en igual
sentido que lo indicado en cuanto a la actualización del punto de toma.
En la resolución se indica que el uso es riego y limpieza de viales, si bien de
acuerdo a la actual clasificación reglamentaria de los usos a la fecha de grabación
de esta inscripción el uso debe calificarse como usos agropecuarios-regadío y
abastecimiento fuera de núcleos urbanos-consumo humano.
Exte CP-12.186 LE (Ref. Integra C-0148/1988)
2- De acuerdo con el informe remitido el 1 de abril de 2024, por el Servicio de
Aguas Subterráneas de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. se ha
tenido conocimiento del cambio del uso del suelo de los terrenos con destino a
riego del aprovechamiento de referencia CP-12186-LE, los cuales se han
urbanizado.
3- En razón de lo expuesto el Área de Régimen de Usuarios de esta
Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe de 27 de julio
de 2024, el inicio de expediente de extinción por caducidad del derecho al uso
privativo de las aguas, correspondiente al aprovechamiento, motivada por la
interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por
causa imputable a su titular, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del
Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/
2001, de 20 de julio, que señala que: El derecho al uso privativo de las aguas,
cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la
interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre
que aquella sea imputable al titular.
5- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información
pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de veinte días, a
contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín
Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de
interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden
comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero
O.A., -indicando el número de expediente ED/TTEC/0029/2024-, bien a través del
Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en
cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración
u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).
Valladolid, 19 de septiembre de 2024.- Jefa Servicio Registro Aguas y
Recursos Hidráulicos - Confederación Hidrográfica del Duero, Ana Isabel Guardo
Pérez.
ID: A240042119-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2024-33803
Verificable en https://www.boe.es
4- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 27 de
julio de 2024, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del
aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la
explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este
procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes
del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de
11 de abril).
Núm. 231
Martes 24 de septiembre de 2024
Sec. V-B. Pág. 52414
mantienen conforme a la documentación originariamente aportada. No obstante,
en cuanto al uso de abastecimiento de núcleos urbanos, al ser el consumo
humano un uso puntual se actualiza la numeración catastral de la parcela en igual
sentido que lo indicado en cuanto a la actualización del punto de toma.
En la resolución se indica que el uso es riego y limpieza de viales, si bien de
acuerdo a la actual clasificación reglamentaria de los usos a la fecha de grabación
de esta inscripción el uso debe calificarse como usos agropecuarios-regadío y
abastecimiento fuera de núcleos urbanos-consumo humano.
Exte CP-12.186 LE (Ref. Integra C-0148/1988)
2- De acuerdo con el informe remitido el 1 de abril de 2024, por el Servicio de
Aguas Subterráneas de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. se ha
tenido conocimiento del cambio del uso del suelo de los terrenos con destino a
riego del aprovechamiento de referencia CP-12186-LE, los cuales se han
urbanizado.
3- En razón de lo expuesto el Área de Régimen de Usuarios de esta
Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe de 27 de julio
de 2024, el inicio de expediente de extinción por caducidad del derecho al uso
privativo de las aguas, correspondiente al aprovechamiento, motivada por la
interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por
causa imputable a su titular, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del
Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/
2001, de 20 de julio, que señala que: El derecho al uso privativo de las aguas,
cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la
interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre
que aquella sea imputable al titular.
5- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información
pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de veinte días, a
contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín
Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de
interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden
comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero
O.A., -indicando el número de expediente ED/TTEC/0029/2024-, bien a través del
Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en
cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración
u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).
Valladolid, 19 de septiembre de 2024.- Jefa Servicio Registro Aguas y
Recursos Hidráulicos - Confederación Hidrográfica del Duero, Ana Isabel Guardo
Pérez.
ID: A240042119-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2024-33803
Verificable en https://www.boe.es
4- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 27 de
julio de 2024, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del
aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la
explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este
procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes
del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de
11 de abril).