V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE HACIENDA. (BOE-B-2024-33586)
Resolución de la Delegación de Economía y Hacienda en Huesca por la que se convoca subasta pública de inmuebles propiedad de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de septiembre de 2024

Sec. V-B. Pág. 52055

Condiciones Urbanísticas: Las que se derivan del Planeamiento Urbanístico, a
verificar por los interesados en el Ayuntamiento.
Por Resolución de la Dirección General del Patrimonio del Estado de fecha 4
de septiembre de 2024 se acordó el inicio del procedimiento de enajenación del
inmueble, previa aprobación de su tasación, fijada en 18.035,91 €.
Tipo de licitación y garantía:
1ª Subasta:18.035,91 €, fianza cinco por ciento: 901,80 €
2ª Subasta: 15.330,52 €, fianza cinco por ciento: 766,53 €
3ª Subasta: 13.030,94 €, fianza cinco por ciento: 651,55 €
4ª Subasta: 11.076,30 €, fianza cinco por ciento: 553,82 €
Finca nº 8. Expediente CIBI nº 2022 022 00260:
Descripción: Finca rústica sita en el término municipal de Ballobar (Huesca), en
el paraje Canales, Polígono 505, parcela 144, con una superficie de 43.574 m²,
según Catastro. El inmueble procede de expediente de concentración parcelaria.
Linderos catastrales: Norte, polígono 505 parcela 9016; Sur, polígono 505
parcela 145; Este, polígono 505 parcela 9157; y Oeste, polígono 505 parcela 9014.
Referencia Catastral: 22056B505001440000MX.
Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Fraga, al Tomo 879, Libro
50, Folio 222, Finca 5024 de Ballobar e inscripción 1ª, C.R.U.: 22004000665681.
Sup. registral: 43.575 m².
Cargas y gravámenes: Por encontrarse incluida dentro de la zona de interés
nacional denominada Monegros II está afectada al pago de la cantidad de 3.870,52
€ por hectárea, resultante de la actualización de precios fijada por el Instituto
Nacional de Estadística sobre la establecida en el Plan General de
Transformación, o a la que finalmente determine el Proyecto de liquidación
correspondiente, siendo la cantidad indicada la que corresponde a la parte
proporcional que debe reintegrar el propietario a la Administración de la
Comunidad Autónoma de Aragón en las obras clasificadas de Interés Común, y
teniendo esta finca la condición de reservada.
Por estar esta finca incluida en la Zona Regable de Monegros II, su propietario
queda sujeto a las actuaciones que desarrolle la Administración o comunidad de
regantes para la instalación, el mantenimiento y la reparación de las instalaciones
de la red de riego.
Gravada con una servidumbre permanente de cinco metros de anchura -1,5
metros a la izquierda y 3,5 metros a la derecha en el sentido Tarragona Zaragoza –
y ciento treinta y cinco metros de longitud afectada por el paso de tubería
enterrada del oleoducto Tarragona-Lérida-Zaragoza y sus accesorios de la
"Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, S.A.", discurriendo por el extremo
norte de la finca, además de tener las siguientes limitaciones de usos: prohibición
de efectuar trabajos de arada, cava u otros análogos a una profundidad superior a
50 centímetros, prohibición de plantar árboles o arbustos de tallo alto en toda la
zona de servidumbre, prohibición de levantar edificios o construcciones de

cve: BOE-B-2024-33586
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Núm. 230