III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19048)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la "Actualización del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Factor ambiental

Lunes 23 de septiembre de 2024

Objetivos ambientales

Sec. III. Pág. 116666

Indicadores de seguimiento

Aguas marinas.

– Prevenir el deterioro ambiental del medio marino
(incluido el ruido submarino) y contribuir al logro del
buen estado ambiental del medio marino de acuerdo
con la directiva marco de estrategia marina (Directiva
2008/56/CE).
– Evitar afecciones a las especies y hábitats marinos,
especialmente aquellos considerado amenazados o en
declive.
– Evitar, minimizando en lo posible, la ocupación en el
medio marino de espacios naturales protegidos y de la
red natura 2000.

– Superficie ocupada por instalaciones de producción de energía
eléctrica por fuentes renovables en el medio marino.
– Superficie marina protegida afectada por el desarrollo del PNIEC
según el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red
Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales.
– Cables submarinos para transporte de energía eólica marina a
tierra:
• N.º de cables nuevos instalados.
• Porcentaje/longitud del trazado de cableado nuevo que transcurre
por hábitats protegidos, biogénicos y/o vulnerables.
• Porcentaje/longitud del trazado de cableado nuevo que transcurre
por zonas de uso prioritario para la protección de la biodiversidad.

Biodiversidad.

– Evitar y, cuando no sea posible, minimizar la afección
a la biodiversidad y al patrimonio natural, incluyendo la
flora y la fauna silvestre, los hábitats, los ecosistemas y
los recursos genéticos.
– Garantizar la conectividad ecológica, limitando la
fragmentación territorial y las barreras a los
desplazamientos de las especies.
– Fomentar la utilización sostenible de los recursos
naturales y detener la pérdida de biodiversidad.

– Superficie protegida ocupada por instalaciones de generación
eléctrica con renovables:
• Superficie protegida ocupada anualmente según el Inventario
Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y
Áreas protegidas por instrumentos internacionales.
• Superficie ocupada por instalaciones de generación eléctrica con
renovables, en un área de influencia de hasta 2 km desde el límite
de los Espacios Naturales Protegidos y espacios de la Red
Natura 2000.
– Superficie natural protegida afectada por la red de transporte y
distribución de energía eléctrica.
– Superficie ocupada por las energías renovables por tipo de
ecosistema (según clases LULUCF) comparándolo con la superficie
total de dicho ecosistema en el territorio autonómico y nacional, a
partir de los datos incluidos en el Inventario Español del Patrimonio
Natural y la Biodiversidad.
– Mortalidad anual de aves y quirópteros en las instalaciones de
energía renovable (eólica terrestre y marina, fotovoltaica y solar
termoeléctrica) en el territorio español.
– Mortalidad anual de especies faunísticas amenazadas,
especialmente peces y pequeños mamíferos, en el conjunto de las
nuevas instalaciones de energía renovable por bombeo hidráulico
motivado por los canales de derivación, turbinas, pequeñas
presas, etc., en el territorio español.
– Superficie ocupada por instalaciones de generación eléctrica con
renovables, desagregada por las 5 clases de sensibilidad ambiental
del mapa de «Zonificación ambiental para energías renovables:
Eólica y Fotovoltaica.

Espacios naturales – Minimizar la ocupación y afección de los espacios
protegidos y Red
naturales protegidos, de la Red Natura 2000 y de las
Natura 2000.
áreas protegidas por instrumentos internacionales
(ámbito terrestre y marino).
– Contribuir al mantenimiento de un estado de
conservación favorable de los ecosistemas naturales, y
en particular, de los hábitats y especies que son objeto
de conservación en los espacios naturales protegidos y
en la Red Natura 2000 (ZEPA y LIC/ZEC), tanto
terrestres como marinos.

– Superficie protegida ocupada por instalaciones de generación
eléctrica con renovables, en Espacios Naturales Protegidos y Red
Natura 2000.
– Superficie marina protegida afectada por el desarrollo del PNIEC
según el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red
Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales.
– Superficie natural protegida afectada por la red de transporte y
distribución de energía eléctrica.
cve: BOE-A-2024-19048
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 230