II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19021)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Básica de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 116489
Si es una duda respecto de las bases de la convocatoria, tiene que dirigirse al Servei
de Recursos Humans (PAS), Sección Convocatorias y Concursos mediante el correo
electrónico: convocatories@uv.es.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes de participación será de 10 días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» (BOE). La publicación de la convocatoria en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV) tendrá sólo carácter informativo.
3.4 Deberán adjuntarse al formulario electrónico al que se hace referencia en la
base 3.1 de esta convocatoria los siguientes documentos:
3.4.1 Una copia –por ambas caras– del documento nacional de identidad. Las
personas aspirantes que no posean la nacionalidad española, pero sí el derecho a
participar en este proceso selectivo, según lo indicado en la base 2.1.1, deberán de
adjuntar el NIE y una copia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso,
los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y dependencia del nacional de
otro Estado cuando esta circunstancia habilite para su participación en el proceso
selectivo.
Si las personas aspirantes participan por su condición de cónyuges, tendrán que
presentar declaración jurada de no estar separadas de derecho de su cónyuge. Y si la
participación es por su condición de descendientes de personas que no tienen la
nacionalidad española ni de ningún otro Estado de la Unión Europea, tendrán que
presentar declaración jurada de la no separación de derecho de su progenitor, así como,
en su caso, el hecho de que la persona aspirante está a su cargo.
Los documentos que no estén redactados en castellano o en valenciano deberán
presentarse con la correspondiente traducción jurada.
Será causa de exclusión, además de las que se indican en otros apartados de estas
bases:
No haber adjuntado la copia completa del DNI, NIE y una copia del documento que
acredite su nacionalidad, o que este resulte ilegible.
3.4.2 En el supuesto de acogerse a la exención o bonificación de tasas, se deberá
adjuntar la justificación por la que se acogen a la exención o bonificación (apartado 3.6
de esta convocatoria).
3.4.3 Aquellas personas aspirantes que soliciten medidas de adaptación deberán
adjuntar, además del certificado de discapacidad, el dictamen técnico facultativo
correspondiente, conforme a la base 3.7 de esta convocatoria.
3.6.1
Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
Las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 %. Estas personas
deberán adjuntar al formulario electrónico los certificados correspondientes que acrediten
la condición de personas con discapacidad (certificado de la Conselleria de Servicios
Sociales, Igualdad y Vivienda u órgano competente).
cve: BOE-A-2024-19021
Verificable en https://www.boe.es
3.5 El ingreso del importe de los derechos de examen (13,50 euros) se realizará
mediante tarjeta bancaria dentro del plazo de presentación de solicitudes de
participación y siguiendo las instrucciones del formulario de presentación de solicitudes.
A dicho importe ya se le ha aplicado la bonificación del 10 % por presentación
telemática de la solicitud de participación establecida en el artículo 18.1-6 de la
Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas.
3.6 De acuerdo con lo que dispone el texto refundido de la Ley de Tasas de la
Generalitat Valenciana, se aplicarán las siguientes exenciones o bonificaciones en el
pago de los derechos de examen:
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 116489
Si es una duda respecto de las bases de la convocatoria, tiene que dirigirse al Servei
de Recursos Humans (PAS), Sección Convocatorias y Concursos mediante el correo
electrónico: convocatories@uv.es.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes de participación será de 10 días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado» (BOE). La publicación de la convocatoria en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV) tendrá sólo carácter informativo.
3.4 Deberán adjuntarse al formulario electrónico al que se hace referencia en la
base 3.1 de esta convocatoria los siguientes documentos:
3.4.1 Una copia –por ambas caras– del documento nacional de identidad. Las
personas aspirantes que no posean la nacionalidad española, pero sí el derecho a
participar en este proceso selectivo, según lo indicado en la base 2.1.1, deberán de
adjuntar el NIE y una copia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso,
los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y dependencia del nacional de
otro Estado cuando esta circunstancia habilite para su participación en el proceso
selectivo.
Si las personas aspirantes participan por su condición de cónyuges, tendrán que
presentar declaración jurada de no estar separadas de derecho de su cónyuge. Y si la
participación es por su condición de descendientes de personas que no tienen la
nacionalidad española ni de ningún otro Estado de la Unión Europea, tendrán que
presentar declaración jurada de la no separación de derecho de su progenitor, así como,
en su caso, el hecho de que la persona aspirante está a su cargo.
Los documentos que no estén redactados en castellano o en valenciano deberán
presentarse con la correspondiente traducción jurada.
Será causa de exclusión, además de las que se indican en otros apartados de estas
bases:
No haber adjuntado la copia completa del DNI, NIE y una copia del documento que
acredite su nacionalidad, o que este resulte ilegible.
3.4.2 En el supuesto de acogerse a la exención o bonificación de tasas, se deberá
adjuntar la justificación por la que se acogen a la exención o bonificación (apartado 3.6
de esta convocatoria).
3.4.3 Aquellas personas aspirantes que soliciten medidas de adaptación deberán
adjuntar, además del certificado de discapacidad, el dictamen técnico facultativo
correspondiente, conforme a la base 3.7 de esta convocatoria.
3.6.1
Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
Las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 %. Estas personas
deberán adjuntar al formulario electrónico los certificados correspondientes que acrediten
la condición de personas con discapacidad (certificado de la Conselleria de Servicios
Sociales, Igualdad y Vivienda u órgano competente).
cve: BOE-A-2024-19021
Verificable en https://www.boe.es
3.5 El ingreso del importe de los derechos de examen (13,50 euros) se realizará
mediante tarjeta bancaria dentro del plazo de presentación de solicitudes de
participación y siguiendo las instrucciones del formulario de presentación de solicitudes.
A dicho importe ya se le ha aplicado la bonificación del 10 % por presentación
telemática de la solicitud de participación establecida en el artículo 18.1-6 de la
Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas.
3.6 De acuerdo con lo que dispone el texto refundido de la Ley de Tasas de la
Generalitat Valenciana, se aplicarán las siguientes exenciones o bonificaciones en el
pago de los derechos de examen: