II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19021)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Básica de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 116495
9.2.4 Declaración de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario,
de alguna administración o cargo público; así como de no encontrarse inhabilitado/a
penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si la persona seleccionada fuese
nacional de otro Estado comunitario, deberá presentar una declaración de no
encontrarse sometida a ninguna sanción disciplinaria o condena penal que le impida el
acceso a la función pública en su Estado.
9.2.5 Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesarias para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A tal efecto,
los reconocimientos se realizarán a través de los servicios médicos concertados por la
Universitat de València.
9.2.6 Si la persona seleccionada tuviese alguna discapacidad deberá aportar un
certificado del órgano competente de la comunidad autónoma sobre la capacidad para
llevar a cabo las tareas que correspondan al puesto de trabajo objeto de esta
convocatoria.
9.2.7 Si la persona seleccionada hubiese disfrutado de la exención o bonificación
de las tasas deberá presentar fotocopia cotejada con el original de la documentación que
justifique el motivo de ésta.
9.3 Si la persona seleccionada no presenta la documentación dentro del plazo
indicado (excepto en los casos de fuerza mayor) o si hay falsedad en los documentos
presentados, esto comportará la invalidez de las actuaciones de esta persona y la
nulidad subsiguiente de los actos del órgano técnico de selección respecto de ella, sin
perjuicio de las responsabilidades en que haya podido incurrir.
9.4 Si la persona tiene la condición de funcionaria o personal laboral al servicio de
la Universitat de València está exenta de presentar la documentación relativa a los
apartados 9.2.1, 9.2.2 y 9.2.3, si ya la tuviese anteriormente acreditada ante la misma.
No obstante, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a exigir una nueva
acreditación de aquellos requisitos que considere conveniente, ya sea por el tiempo
transcurrido desde su obtención o porque guarden relación directa con las funciones o
tareas del puesto a desempeñar.
Décima. Nombramiento de funcionario o funcionaria.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de la documentación especificada en
la base novena de esta convocatoria y después de haberse verificado el cumplimiento de
los requisitos exigidos, la rectora dictará una resolución, que se publicará en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV), mediante la cual la persona seleccionada
que haya superado estas pruebas selectivas será nombrada funcionaria de carrera.
Información respecto de los datos recogidos.
11.1 La Universitat de València Estudi General es la entidad responsable de los
datos facilitados por las personas aspirantes en este proceso. Se tratará la información
facilitada por las personas aspirantes, exclusivamente, con los fines objeto de la
convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión de personal, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Parte
de los datos facilitados serán publicados en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana»
(DOGV). Asimismo, dichos datos se publicarán en el tablón oficial de anuncios de la
Universitat de València y se cederán a los miembros del tribunal para la resolución de las
reclamaciones planteadas, en su caso, por las personas aspirantes.
11.2 Los datos de las personas aspirantes se conservarán indefinidamente para el
cumplimiento de las finalidades señaladas, conforme a lo dispuesto en la Ley 3/2005,
de 15 de junio, de Archivos de la Generalitat Valenciana.
11.3 Las personas aspirantes tienen derecho a solicitar al responsable del
tratamiento el acceso a sus datos personales y a su rectificación o supresión, o a la
limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la
cve: BOE-A-2024-19021
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 116495
9.2.4 Declaración de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario,
de alguna administración o cargo público; así como de no encontrarse inhabilitado/a
penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si la persona seleccionada fuese
nacional de otro Estado comunitario, deberá presentar una declaración de no
encontrarse sometida a ninguna sanción disciplinaria o condena penal que le impida el
acceso a la función pública en su Estado.
9.2.5 Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesarias para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A tal efecto,
los reconocimientos se realizarán a través de los servicios médicos concertados por la
Universitat de València.
9.2.6 Si la persona seleccionada tuviese alguna discapacidad deberá aportar un
certificado del órgano competente de la comunidad autónoma sobre la capacidad para
llevar a cabo las tareas que correspondan al puesto de trabajo objeto de esta
convocatoria.
9.2.7 Si la persona seleccionada hubiese disfrutado de la exención o bonificación
de las tasas deberá presentar fotocopia cotejada con el original de la documentación que
justifique el motivo de ésta.
9.3 Si la persona seleccionada no presenta la documentación dentro del plazo
indicado (excepto en los casos de fuerza mayor) o si hay falsedad en los documentos
presentados, esto comportará la invalidez de las actuaciones de esta persona y la
nulidad subsiguiente de los actos del órgano técnico de selección respecto de ella, sin
perjuicio de las responsabilidades en que haya podido incurrir.
9.4 Si la persona tiene la condición de funcionaria o personal laboral al servicio de
la Universitat de València está exenta de presentar la documentación relativa a los
apartados 9.2.1, 9.2.2 y 9.2.3, si ya la tuviese anteriormente acreditada ante la misma.
No obstante, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a exigir una nueva
acreditación de aquellos requisitos que considere conveniente, ya sea por el tiempo
transcurrido desde su obtención o porque guarden relación directa con las funciones o
tareas del puesto a desempeñar.
Décima. Nombramiento de funcionario o funcionaria.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de la documentación especificada en
la base novena de esta convocatoria y después de haberse verificado el cumplimiento de
los requisitos exigidos, la rectora dictará una resolución, que se publicará en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV), mediante la cual la persona seleccionada
que haya superado estas pruebas selectivas será nombrada funcionaria de carrera.
Información respecto de los datos recogidos.
11.1 La Universitat de València Estudi General es la entidad responsable de los
datos facilitados por las personas aspirantes en este proceso. Se tratará la información
facilitada por las personas aspirantes, exclusivamente, con los fines objeto de la
convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión de personal, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Parte
de los datos facilitados serán publicados en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana»
(DOGV). Asimismo, dichos datos se publicarán en el tablón oficial de anuncios de la
Universitat de València y se cederán a los miembros del tribunal para la resolución de las
reclamaciones planteadas, en su caso, por las personas aspirantes.
11.2 Los datos de las personas aspirantes se conservarán indefinidamente para el
cumplimiento de las finalidades señaladas, conforme a lo dispuesto en la Ley 3/2005,
de 15 de junio, de Archivos de la Generalitat Valenciana.
11.3 Las personas aspirantes tienen derecho a solicitar al responsable del
tratamiento el acceso a sus datos personales y a su rectificación o supresión, o a la
limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la
cve: BOE-A-2024-19021
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